El Cronista @cronistacom: Proponen crear un régimen de compensación para empresas patagónicas

Proponen crear un régimen de compensación para empresas patagónicas

En la batería de medidas destinadas al sector productivo y los consumidores en el marco de la campaña electoral, está madurando una iniciativa del oficialismo en el Congreso para crear un Régimen de Compensación Impositiva con un adicional por «zona patagónica».

Será a través de un proyecto de ley que impulsa el senador chubutense Juan Mario Pais, que pretende beneficiar a las empresas privadas que tengan que abonar un plus a sus empleados en esa región.

El proyecto de ley ya fue presentado hoy en la Cámara de Senadores y girado a las comisiones de Presupuesto y Hacienda y Trabajo y Previsión Social.

La iniciativa está orientada a compensar a las empresas por las «desventajas competitivas de los empleadores del sector privado de la Patagonia», dado que suelen pagar salarios superiores a los del resto del país por «imperativo normativo de una gran mayoría de las convenciones colectivas de trabajo aplicables a sus actividades o empresas».

El proyecto de ley está orientado a compensar a las empresas por las «desventajas competitivas de los empleadores del sector privado de la Patagonia»

De acuerdo al proyecto, el Régimen de Compensación Impositiva durará diez años desde la entrada en vigencia de la ley y abarca a las firmas que tengan contratados a trabajadores en relación de dependencia en La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut y Santa Cruz, así como el Partido de Patagones en la provincia de Buenos Aires.

La iniciativa propone una compensación del 10% de la masa salarial

como máximo

en firmas que operen en las provincias de La Pampa, Neuquén y Río Negro y la localidad de Patagones; mientras que sería del 10% para el caso de Chubut y Santa Cruz.

Según el régimen los importes pagados serán considerados créditos fiscales a determinarse y, eventualmente, utilizarse al llegar el vencimiento general que fije la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias, tanto para las personas jurídicas como para las personas humanas y sucesiones indivisas.

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