La Voz del Interior @lavozcomar: Siguen las impugnaciones contra la designación de Ariel Lijo

Siguen las impugnaciones contra la designación de Ariel Lijo

La postulación del juez federal Ariel Lijo para integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación sigue sumando objeciones. En las últimas horas sumaron su oposición la Federación Argentina de Colegios de Abogados (que reúne a 83 colegios de todo el país), la organización Poder Ciudadano y la especialista en transparencia y derecho electoral, Delia Ferreira Rubio.

La Asociación de Mujeres Jueces de Argentina también presentó sus objeciones, que hacen foco en la discriminación de género y por lo tanto cuestionan también la postulación a la Corte de Manuel García Mansilla, el otro candidato impulsado por el presidente Javier Milei.

“En lo que a la Corte Suprema refiere, su composición está integrada actualmente por tres varones, de 68, 67 y 65 años. Los postulantes que se proponen (Ariel Lijo y Manuel García Mansilla) tienen 55 y 53 años. En este esquema, donde la magistratura de la CSJN permanece en su cargo hasta los 75 años, decanta en que, por al menos 7 años, no habrá representación femenina en el máximo tribunal”, señala en el texto, que contrasta que “mientras la presencia de mujeres en la población es mayoritaria, su presencia en el máximo tribunal argentino es nula”.

El pedido de la organización se basa tanto en tratados internacionales sobre Derechos Humanos como en normativas locales. La Convención sobre todas las formas de discriminación contra la Mujer, que busca eliminar “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo”, y el decreto 222, que introdujo una pauta de “progresividad en materia de igualdad de la mujer para acceder a cargos públicos” forman parte de la justificación, entre otras normativas.

Falta de antecedentes

La Federación Argentina de Colegios de Abogados expresó con respecto a Lijo que no tiene antecedentes para el cargo de juez de la Corte y, con respecto a García-Mansilla, objetó que la vacante no está disponible, pues el juez de la Corte Juan Carlos Maqueda cumple 75 años el 29 de diciembre y recién entonces debe dejar el cargo, según lo que establece la Constitución.

En la nota enviada por la Federación al ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, respecto de la designación de Lijo señala que “existe una importante oposición, reparo y ciertas dudas en sectores vinculados al Poder Judicial”. Mencionaron que “su posible nombramiento genera resistencia y falta de confianza en parte de la sociedad por comportamientos mantenidos en su función de magistrado”.

Mencionaron también la “falta de antecedentes académicos suficientes” y su falta de experiencia en la actividad privada, y también el hecho de que Lijo “es penalista y dicha materia no es propia de la Corte Suprema de Justicia, cuya función principal es asegurar el cumplimiento de la Constitución y no la competencia ordinaria”.

La condición de varones de los dos postulantes, pues se incumple con un mandato convencional que recomienda el respeto de la paridad de género. “Sostenemos que las postulaciones de dos varones resultan improcedentes en cuanto a que no solo contravienen nuestro orden constitucional, la normativa internacional y compromisos asumidos por el Estado Argentino sino que también resultan contrarias al Decreto 222/2003″, señala la nota.

Manipulación y sospechas

Delia Ferreira Rubio, expresidenta de Transparencia Internacional y consultora en materia de lucha contra la corrupción, dijo en su impugnación que hay quejas sobre Lijo acerca de la “manipulación de tiempos procesales y paralización de los casos en trámite”, además de “sospechas sobre su patrimonio, vínculos con instancias judiciales, lobistas, dudas sobre conflictos de intereses, sospechas de sesgo hacia la economía o intereses políticos, además de otros ligados a su falta de especialización en Derecho Constitucional que es competencia de la Corte”. Asimismo, mencionó “la falta de estudios académicos relevantes, de antecedentes y la falta de atención a los parámetros de diversidad de género”.

“Todas las situaciones y comportamientos reportados están relacionados con el mayor problema que afecta al juez Lijo: falta de integridad”, sentenció la abogada y mencionó que los jueces “deben ser irreprochables y su integridad debe ir más allá duda. Deben ser honestos y parecer rectos”. Y agregó: “La conducta del juez Lijo está lejos de evitar estas dudas y apariencias. El juez Lijo no cumple con estos parámetros de integridad que son esenciales en el Poder Judicial”.

Delia Ferreira Rubio, expresidenta de Transparencia Internacional.

Señaló también Ferreira Rubio que “las acciones del juez Lijo, las numerosas denuncias presentadas en su contra y la objeciones planteadas a su nombramiento por asociaciones profesionales, empresarias e instituciones académicas crean dudas y sospechas sobre su falta de independencia e imparcialidad. El candidato carece de integridad y propiedad que son esenciales para generar confianza pública y contribuir al ordenamiento jurídico, certeza esencial en una república”.

En tanto, Poder Ciudadano –capítulo argentino de Transparencia Internacional– señaló que las postulaciones de Lijo y de García Mansilla “no cuentan con los consensos necesarios y tampoco con los criterios de integridad e independencia mínimos requeridos para cubrir los cargos en la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

La prestigiosa fundación también señaló que el Poder Ejecutivo debe considerar que “Argentina cuenta con mujeres de gran experiencia y renombre en el campo jurídico que pueden ser parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación enriqueciendo la diversidad que el Máximo Tribunal debe tener”. Recalcó que el país asumió compromisos internacionales por le equidad.

Inecip objetó con estadísticas

El jueves, además, el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) había realizado observaciones lapidarias contra la eficiencia de Lijo. “Si su único mérito para integrar la Corte es su trayectoria judicial, su candidatura es inaceptable, ya que es estadísticamente el juez más ineficaz de todo Comodoro Py”, concluye el organismo.

El Inecip basó esa definición en los datos oficiales disponibles del Poder Judicial de la Nación que comparó y tabuló para respaldar las críticas con números contundentes. Lijo y su juzgado ocupan el último puesto entre los 12 de Comodoro Py en dos tablas: la de la cantidad de causas no resueltas (44% de las causas no llegaron a sentencia entre 2010 y 2012) la de la eficiencia ante casos de corrupción, sobre datos de entre 1996 y 2016. En ese caso, el juzgado de Lijo también está al final de la lista, con un 22,2% de causas abiertas por más de seis años, con consecuentes riesgos de terminar en prescripciones.

El decreto 222, que regula al designación de jueces de la Corte Suprema, establece un plazo, que vence el 8 de mayo, para que la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil presenten impugnaciones o apoyos a los candidatos. El Ministerio de Justicia debe procesar estas expresiones a favor y en contra e informar sobre ellas al Senado antes de que avance con las entrevistas personales de los candidatos y, finalmente, con la votación para determinar si aprueba o no sus pliegos.

Por el lado de los apoyos, Lijo cosechó el aval de casi todos los jueces federales de primera instancia de Comodoro Py, de jueces de la Cámara Federal y también algunos de la Cámara Federal de Casación.

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