Nicolás Boglione @NicoBoglione: RG 4992/21 AFIP prorroga la suspensión a requisitos del Plan de Pagos permanente de la RG 4268/18

RG 4992/21 AFIP prorroga la suspensión a requisitos del Plan de Pagos permanente de la RG 4268/18

plan de pagos permanente

Por medio de la Resolución General Nº4992/2021, AFIP extiende al 31 de Agosto de 2021los beneficios de adhesión al plan de pagos permanente de la RG 4268/18, conforme el cual las cuotas mensuales de los planes de facilidades de pago no pueden superar el 25% del ingreso mensual de cada contribuyente.
Entre los beneficios permite que las micro, pequeñas y medianas empresas accedan hasta 10 planes de pago y un máximo de 8 cuotas, y la no consideración de la calificación de SIPER.

La presente medida resultará de aplicación para los contribuyentes que al 19 de abril de 2021 o a la fecha de la solicitud al plan de adhesión de facilidades de pago, registren como actividad principal alguna de las consignadas como «sectores críticos».

Tiempo atrás, por medio de la la resolución general 4950/2021, AFIP había extendido por tres meses el plazo de los beneficios de adhesión al plan de pagos permanente de la RG 4268/18 que vencían el 31 de Marzo, para prorrogarlo al 30 de Junio de 2021.
La medida apunta a garantizar la continuidad de las condiciones especiales para acceder al plan de pagos debido a los efectos económicos generados por las medidas adoptadas en el marco de la emergencia sanitaria originada por la pandemia de coronavirus.
Acceda al texto completo aquí: RG 4992/21 AFIP Plan de Pagos permanente

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