La Voz del Interior @lavozcomar: El Ministerio de Salud publicó recomendaciones para el trato adecuado de personas LGBTIQ+

El Ministerio de Salud publicó recomendaciones para el trato adecuado de personas LGBTIQ+

Córdoba estableció, en 2018, al 17 de mayo como el Día Provincial por la Igualdad y la No Discriminación por Orientación sexual, identidad y expresión de Género. La fecha responde al día internacional luego de que la OMS en 1990 quitara a la homosexualidad dentro del listado de enfermedades mentales.

En ese marco, el Ministerio de Salud de Córdoba publicó hoy una serie de recomendaciones para ampliar el acceso a la salud de lesbianas, gays, bisexuales, travestis, trans, intersex, queers (LGBTIQ+).

El objetivo, según indicaron en un comunicado, es “promover actitudes positivas clave para mejorar cada vez más la atención de salud a las personas LGBTIQ+, quienes, debido a la discriminación originada en la imposición del binarismo sexo-genérico a lo largo de la historia, muchas veces evitan concurrir a las instituciones de salud”.

LGBT. El Ministerio de Salud compartió recomendaciones para ampliar el acceso a la salud de personas LGBTIQ+.

Las principales recomendaciones están relacionadas a la despatologización y al ejercicio de los derechos contemplados en la Ley 26.743 de Identidad de Género, que en su artículo primero menciona que toda persona tiene derecho: al reconocimiento de su identidad de género; al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género y a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada.

De acuerdo a la guía elaborada por el Gobierno nacional y tomada por la cartera local, entre las principales actitudes que deben incluirse se encuentra:

  • El respeto por el nombre elegido por cada persona. La ley define a la identidad de género como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto aplica para niñeces, adolescencias, juventudes como también en personas adultas y adultas mayores, independientemente de que hayan realizado o no el cambio registral.
  • Desde el Ministerio también instaron a evitar el uso de expresiones basadas en estereotipos de género, como, por ejemplo: “señorita”, “campeón”, “princesa”, “macho”.
  • Para ello, se aconseja preguntar a la persona cuál es su nombre y, de allí en más, utilizarlo. También, si no hay certeza de que el nombre elegido por la persona es el que figura en los distintos registros, llamarla por su apellido.
  • Promover el ejercicio pleno de la autonomía en la toma de decisiones sobre el propio cuerpo, evitando la jerarquización entre las distintas formas de vivir y expresar los géneros”.
  • También se recomienda incluir en todo instrumento de registro (planilla de turnos, historia clínica, certificados, expedientes,) únicamente el nombre expresado por la persona.
  • Respecto a las internaciones, debe considerarse el derecho de las personas a ser ubicadas en salas acordes a su identidad de género.
  • En tanto a las personas con discapacidad, se las debe respetar como personas sexuadas, con diversidad funcional, diversos modos de vivir sus identidades de género y su sexualidad, con una posición activa y capacidad de decidir por sí mismas.
  • En la entrevista médica, es bueno realizar preguntas abiertas (¿cuál es el motivo de consulta?, por ejemplo) y no asumir como norma la heterosexualidad de las personas. Se aconseja también abordar antecedentes de salud personales, como intervenciones clínicas-quirúrgicos, el uso de medicación y los tratamientos no farmacológicos. Otro aspecto a tener en cuenta es la consulta por las redes afectivas y sociales; y detectar situaciones de discriminación, o violencia.
  • De igual manera, se enfatiza en que la atención en salud mental es un derecho de todas las personas y debe responder a una demanda explícita de la persona usuaria, por lo que las personas trans, travestis y no binarias no deben ser derivadas de manera compulsiva al servicio de salud mental. En esta línea también, se desaconseja relacionar cualquier consulta de varones homosexuales con VIH.

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