La Nación Economía: Nuevas estafas bancarias: las respuestas de la justicia civil

Nuevas estafas bancarias: las respuestas de la justicia civil

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En tiempos de Covid-19 la gente se volcó a operar por vía electrónica, y esto puso en evidencia que pocos usuarios sabían como hacerlo. Los bancos no daban cumplimiento a las directivas de seguridad del BCRA, tampoco lo establecido en el Código Civil y Comercial (CCC) en cuanto a contratos y a la seguridad de las operaciones. En ese contexto, en junio de 2020 comenzó una “pandemia” de “phishing”, “vishing” y”pharming”. Los estafadores, con hábiles engaños, convencen al cliente bancario a darles las claves de acceso. La mayoría de las víctimas son empleados, jubilados y pensionados del estado. Pero hay otras víctimas, porque la credulidad es una cualidad human. Los estafadores vaciaron cuentas, sacaron adelantos de sueldo y créditos precalificados, varios superiores a los $600.000. Tras hacer la denuncia penal, recurrían a los bancos, que los hacía responsables del hecho por su “propia torpeza”, por lo que debían pagar el préstamo robado.

Desesperados ante la posición de los bancos, que convirtieron a las víctimas en victimarios, los estafados recurrieron a la Justicia civil y comercial. Por esto, la acción judicial sostiene la nulidad del contrato, dado que el contrato de crédito que se les reclama tiene como causa un ilícito producto del incumplimiento bancario de los deberes de seguridad bancaria: no hay una verificación fehaciente de la identidad del solicitante. Conjuntamente, la demanda contiene el pedido de una medida cautelar que impida el banco el cobro del crédito durante el proceso.

Ante la novedosa forma delictiva y la responsabilidad bancaria, la Justicia da una eficaz y liminar respuesta. La primera fue el 27 de agosto de 2020, cuando la doctora Silvina Cairo, Jueza del Departamento Judicial de La Plata, otorgó la primer medida cautelar en la causa “Pedernera C/ Banco Prov. Bs. As. S/Nulidad”, donde con la vista del fiscal se resolvió la relación comercial entre banco-cliente como de “consumo” según el art. 1384 del CCC y de la ley 24240 de Defensa del Consumidor. Tras más de treinta medidas cautelares otorgadas por diferentes jueces del Departamento Judicial de La Plata, las cámaras de apelación, al confirmarlas, también fijaron un criterio jurisprudencial, liberalizando el otorgamiento de las medidas cautelares en el phishing. La Cámara II, en todas sus salas, estableció que la denuncia penal, el extracto bancario donde se evidencian las acreditaciones y transferencias en segundos y el relato de los hechos son suficientes para probar la verosimilitud del derecho y confirmar la cautelar (causas: “Pedernera” Cámara II Sala I, jueces Ricardo Sosa Aubone y Lopez Muro; “Cortes María Luisa”, Cámara II Sala III,  jueces Laura Larumbe y Leandro Banegas; “Giovaninni” Cámara II Sala III, Jueces Andrés Soto y Laura Larumbe, entre otras). Y la Cámara I de Apelaciones de La Plata agregó en sus fundamentos la Declaración Americana de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Económicos para confirmar las cautelares, dado que las pretensiones de los bancos en el cobro lesionan el derecho a la alimentación de las víctimas (Cámara I Sala II en la Causa “Matuszak”, jueces Ana María Bourimborde e Irene Hooft ; Cámara I Sala III Causa “Mazzocato”, jueces Juan Manuel Hitters y Alejandro Maggi).

En tanto, en los dictámenes del Ministerio Público, se ha dicho: “La institución bancaria, con el fin de obtener mayores beneficios, realiza su actividad profesional de forma tal que agrava el riesgo de la operatoria…” (doctor Alejandro Marchet Fiscal Adjunto de Cámara Causa: “Balverdi”). El “aggiornamiento” del Departamento Judicial de La Plata contagia a otros departamentos judiciales bonaerenses, donde a veces aún se niega la protección al débil. En otras provincias consideran a la cuestión solamente  como penal sin brindar solución alguna. Sin duda, la Justicia Civil y Comercial de La Plata satisface la necesidad de Justicia del más débil víctima de sofisticadas estafas en tiempo de pandemia.

Abogado

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