La Voz del Interior @lavozcomar: Por qué es feriado el 8 de diciembre: ¿fin de semana largo?

Por qué es feriado el 8 de diciembre: ¿fin de semana largo?

El viernes 8 de diciembre será feriado y conformará el último fin de semana largo de 2023, ya en la previa por las fiestas de fin de año.

El 8 de diciembre se celebra el Día de la Inmaculada Concepción de María, por lo que el gobierno nacional decretó el día como feriado nacional. No se trasladará, por lo que se empalmará con el sábado y domingo para conformar un “finde” largo.

El último feriado fue el del lunes 20 de noviembre, Día de la Soberanía Nacional, que cayó un día después del balotaje electoral que le dio el triunfo a Javier Milei.

Feriado del 8 de diciembre: qué se celebra

La fecha fue instituida por el Vaticano en 1854, durante el papado de Pío IX quien, tras realizar una consulta con el episcopado mundial, confirmó la celebración especial para ese día.

El dogma de la la Inmaculada Concepción, según la fe católica, significa que María nunca tuvo pecado original y fue preservada inmaculada desde su concepción. Es decir, desde el momento en que comenzó su vida como ser humano. Es además para muchos el día en que se arma el arbolito de Navidad y pesebre.

Virgen María. Inmaculada Concepción. (Wikipedia)

Cómo trabajan los comercios

El funcionamiento del comercio en Córdoba para este tipo de feriados suele ser prácticamente normal. Pero habrá que ver qué decide la Cámara de Comercio de Córdoba ya que en esta oportunidad cae día viernes.

La mayoría de los comercios abren sus puertas ante la proximidad de fin de año. No obstante los empleadores deben pagar como una jornada laboral doble a sus trabajadores.

¿CÓMO SE PAGAN LOS FERIADOS TRABAJADOS EN ARGENTINA?

Durante los feriados los empleados no están obligados a trabajar. Si lo hacen, el empleador debe pagarles el doble. Es decir, el trabajador gana un 100% en comparación con un día normal.

Según el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo, en los feriados nacionales rigen las normales legales sobre el descanso dominical. En caso de que los trabajadores presten servicios cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual (es decir, el doble).

¿CÓMO CALCULAR EL FERIADO TRABAJADO?

El salario del trabajador mensualizado deberá dividirse por 30, restando un día que corresponde al feriado. A su vez, se deberá dividir el sueldo por 25 (art. 155 L.C.T.). Finalmente, a los 29 días del sueldo antes mencionado se le deberá agregar el día calculado con el criterio de las vacaciones -con lo cual percibirá una pequeña diferencia a su favor-.

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