La Voz del Interior @lavozcomar: La Junta Electoral obligó al municipio de Carlos Paz a cesar con la prohibición de hacer campaña en la calle

La Junta Electoral obligó al municipio de Carlos Paz a cesar con la prohibición de hacer campaña en la calle

La jueza Graciela Montesi, titular de la Junta Electoral Nacional de Córdoba, resolvió instar a la Municipalidad de Villa Carlos Paz a cesar con la prohibición de realizar campañas electorales con mesas y volantes partidarios en la vía pública de la villa serrana.

El fin de semana pasado, militantes y apoderados de Unión por la Patria denunciaron que inspectores municipales junto con efectivos policiales les secuestraron material electoral y otros elementos en el marco de la actividad de promoción de los candidatos de su espacio político de cara a las elecciones presidenciales de octubre.

Además, hicieron una presentación ante la Junta Electoral que resolvió solicitarle a la administración municipal de Esteban Avilés que cese con su accionar prohibitivo que se basa en una ordenanza municipal que prohíbe el reparto de volantes en la vía pública.

Inspectores municipales de Carlos Paz echaron a militantes de Massa que estaban con una mesa repartiendo panfletos (Captura de video)

En este punto, la jueza señaló que la Constitución Nacional es una ley superior y que ésta aboga por la participación política a través de las campañas que llevan adelante los partidos.

“Corresponde decir que de conformidad a las previsiones del artículo 38 de la Constitución Nacional, los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático en virtud de lo cual, el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a la Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas”, planteó la magistrada.

Además, precisó que las acciones de campaña electoral están protegidas y contempladas por las previsiones legales.

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