La Voz del Interior @lavozcomar: Conocé los 6 errores que pueden impedir que recibas el reintegro del IVA en alimentos

Conocé los 6 errores que pueden impedir que recibas el reintegro del IVA en alimentos

Hasta el 31 de diciembre de 2023 sigue vigente el programa “Compre sin IVA” con el que el Gobierno nacional busca compensar parte del efecto del salto inflacionario.

La política busca aliviar la presión fiscal sobre los consumidores de menores ingresos al devolver el 21% en compras de productos de la canasta básica, que se pagaron con tarjeta de débito con tope de $ 18.800 por mes.

Si bien el programa comenzó a regir durante el 18 de septiembre, muchos consumidores tuvieron problemas porque tenían declarada otra CBU en Afip y la concreción de la devolución demoró semanas e incluso no fue retroactiva.

A continuación, algunos errores a sortear para evitar inconvenientes y lograr que se concreta el reembolso.

  • Confundir las tarjetas alcanzadas. El reintegro solo se aplica al pagar con tarjeta de débito que utiliza fondos de una cuenta bancaria, incluyendo las tarjetas de los planes Alimentar y Potenciar Trabajo. No son válidas las tarjetas de crédito ni las tarjetas prepagas vinculadas a billeteras virtuales con CVU, como Mercado Pago o Ualá.
  • Error en los Pagos QR Aceptados. Se puede acceder al reintegro pagando con QR desde billeteras virtuales como Mercado Pago, Modo o la app del propio banco, siempre y cuando se elija una tarjeta de débito (previamente adherida) como origen del dinero. Pagar con el dinero en cuenta de la billetera digital no permite obtener la devolución.
  • Pagar con una transferencia común. Enviar dinero mediante una transferencia común desde el celular, proporcionando CBU o alias del comerciante, no permite acceder a las devoluciones del plan.
  • No tener la CBU declarada en Afip. Es necesario que la Afip tenga registrada al menos una cuenta bancaria asociada al beneficiario para aprovechar el programa Compre sin IVA. En la web de la Afip, se puede consultar y declarar la CBU.
  • Elegir un comercio no Incluido. La devolución se aplica solo en comercios inscritos ante la Afip con actividades específicas, como supermercados, farmacias, y otros rubros detallados en la lista de actividades económicas de Afip. Es importante verificar la inscripción del comercio en estas categorías.
  • Exceder el límite mensual de devolución: El monto mensual reintegrado no puede superar los $ 18.800 por beneficiario, lo que se alcanza con compras de $ 89.523. Para evitar sobrepasar este límite, es recomendable que varios miembros del hogar dividan los pagos del mes.

Compre sin IVA. Devolución en alimentos de la canasta básica (La Voz/Archivo).

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