La Voz del Interior @lavozcomar: Anulan un acuerdo de división de bienes porque la mujer firmó en un contexto de violencia de género

Anulan un acuerdo de división de bienes porque la mujer firmó en un contexto de violencia de género

Un acuerdo de división de bienes de una pareja que convivió durante 14 años fue anulado por la Justicia de Córdoba porque se pudo probar que la mujer firmó ese convenio bajo presiones derivadas de un contexto de violencia de género.

El juez de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba, Gabriel Tavip, declaró nulo el acuerdo de división de bienes que habían firmado el varón GCO y la mujer PAPR, quienes integraron una unión convivencial, desde 2003 hasta 2017, por entender que la voluntad de ella “estuvo viciada al momento de la firma por hechos de violencia de género patrimonial, psicológica y física”.

El magistrado puntualizó que el acuerdo celebrado por ambos es un acto jurídico nulo “por ser llevado a cabo sin libertad; con el vicio de la violencia, es especial la violencia de género que el hombre ejerció sobre la mujer”.

Según las pruebas incorporadas a la causa, la mujer quería que su expareja abandonara la vivienda que compartieron durante años; una propiedad que ella había recibido por herencia de su madre. Como condición para irse de la casa, el hombre reclamaba el pago de los aportes que había hecho para las mejoras introducidas en el inmueble durante el tiempo que duró la unión convivencial.

Conforme al acuerdo, PAPR se obligaba a pagarle a su expareja 70 cuotas iguales y consecutivas de 840 dólares estadounidenses (en billetes). Según los cálculos del tribunal, esta cifra superaba holgadamente el valor de cualquier aporte hecho por GCO durante la convivencia de la pareja, puesto que ascendía prácticamente a la mitad del valor total del inmueble.

El juez Tavip remarcó el testimonio de dos abogados que intervinieron en la confección del convenio traído para homologar. Estos profesionales declararon que le aconsejaron en muchas oportunidades a la mujer que no lo firmase, pero que ella insistía en firmarlo porque era la única manera que aquel se fuera.

“Su relación afectiva con GCO transcurría en los hechos bajo la forma pública y reconocida de una unión convivencial, situación jurídico familiar en donde siempre existió una relación de poder de él sobre ella, tanto en el plano físico, como el psicológico y el económico. Se creó dentro de su unión convivencial, un ciclo de violencia familiar caracterizado por la posición de superioridad de él sobre ella como varón dominante dentro de la unión convivencial, y fue a través de esta forma, constante y progresiva que fue siendo sometida mediante el uso de diferentes mecanismos de dominación y sometimientos propio de una forma de violencia masculina, que comenzó de una forma muy sutil al comienzo, llegando al final a una brutal violencia psicológica, económica, simbólica, intensificada en el momento del desarrollo final de la unión convivencial”, consignaron los profesionales.

A través de estos representantes, la propia víctima expresó que por estos métodos se sintió degradada. “Afectó mi dignidad de mujer y aprovechando tal degradación para menoscabar mi posición económica y también todo aquello que económicamente pudiera sustentarme, ello con la especial finalidad de lograr un mayor sometimiento de mi persona hacia su autoridad masculina, para convertirse de esta manera en una especie de figura omnipresente y represiva de todos los aspectos de mi vida y libertad ya que no solo utilizo el convenio que me obligo a firmar sino que firmado el mismo, continuó desplegando una serie de conductas orientadas a tal fin, es decir a enriquecerse a mi costa y pauperizarme para sostener en el tiempo, aun viviendo separados, una forma de poder masculino al que eternamente debía tener una obediencia ciega y temor reverencial”, relató PAPR, en un testimonio ante el juez.

En la causa también quedó acreditado que, durante la etapa de ejecución del acuerdo, GCO continuaba exigiéndole el pago de prestaciones odontológicas, gastos de internación, entrega de efectivo y ante la negativa de la demandada, le decía que pidiera dinero prestado, que sacara créditos.

Por otro lado, el magistrado aseguró que el hombre aprovechó la situación de salud psíquica que atravesaba su expareja.

“Queda demostrada la mala fe de GCO ante la celebración del convenio y confirmada con el pedido de homologación en sede civil; con el objetivo de poder perseguir su ejecución judicial ante la imposibilidad y negativa de ella de pagar voluntariamente la cuota mensual en dólares pactada”, enfatizó.

Por todo ello, el juez Tavip no sólo rechazó el pedido de homologación, sino que ordenó restituir a PAPR las sumas de dinero en dólares percibidas hasta el momento, equivalentes a 36 cuotas y media del equivalente a 840 dólares.

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