Estudio Ciancaglini @ECiancaglini: Recodamos RG AFIP 4725- B.O. 28-05-2020 Prórroga Liquidación anual 2019. Los empleadores tendrán hasta el 03/julio/2020 para realizar la liquidación anual. El importe de retención / devolución deberá informarse e ingresarse en la liquidación 1º quincena SICORE 7/20

Recodamos

RG AFIP 4725- B.O. 28-05-2020

Prórroga Liquidación anual 2019.

Los empleadores tendrán hasta el 03/julio/2020 para realizar la liquidación anual.

El importe de retención / devolución deberá informarse e ingresarse en la liquidación 1º quincena SICORE 7/20


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