Estudio Ciancaglini @ECiancaglini: Ahora si existe una suspensión de la prestación de tareas. El trabajador no presta servicios, en consecuencia recibe una asignación no remunerativa excepcional !! Incluso el art 223 Bis establece q sólo se tributarán las contrib. leyes 23.660 y 23.661. ???? https://t.co/N6vf6v0FgS

Ahora si existe una suspensión de la prestación de tareas.

El trabajador no presta servicios, en consecuencia recibe una asignación no remunerativa excepcional !!

Incluso el art 223 Bis establece q sólo se tributarán las contrib. leyes 23.660 y 23.661. https://t.co/N6vf6v0FgS


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