Ahora si existe una suspensión de la prestación de tareas.
El trabajador no presta servicios, en consecuencia recibe una asignación no remunerativa excepcional !!
Incluso el art 223 Bis establece q sólo se tributarán las contrib. leyes 23.660 y 23.661. https://t.co/N6vf6v0FgS
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El trabajador no presta servicios, en consecuencia recibe una asignación no remunerativa excepcional !!
Incluso el art 223 Bis establece q sólo se tributarán las contrib. leyes 23.660 y 23.661. 👇 https://t.co/N6vf6v0FgS
— Estudio Ciancaglini (@ECiancaglini) June 19, 2020
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