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Nuevo salario para trabajadores de comercio

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El sindicato de empleados de comercio (SEC) pactó un aumento salarial de hasta 12% en parte no remunerativo para quien esté comprendido en el convenio colectivo 130/75, al menos hasta marzo de 2021, pero será en enero cuando se comprometen a negociar nuevamente los sueldos.

El sueldo básico para un trabajador de comercio pasa de $35.790 a $50.687 en septiembre, incluyendo el adicional por presentismo que se cobra en tanto se cumpla el requisito de asistencia. Los detalles del aumento a empleados de comercio 2020:

 

1. Cuotas de $ 5.000

La empresa deberá pagar una suma igual y uniforme para todas las categorías de $30.000 en 6 cuotas mensuales y consecutivas de octubre a marzo de 2021.

Esta suma es no remunerativa, por ende no está sujeta a aportes ni contribuciones, pero tampoco quedaría fija si no se ratifica más adelante.

 

2. Suba de $ 4.000

Desde septiembre de 2020 se suman los $4.000 que ya se pagaban por el decreto 14/2020 y por resolución 204/2020. Por ende, pasa a formar parte del salario. Estos días deberían publicar las nuevas escalas.

Esta suma se paga para todos los empleados de comercio, en forma proporcional al tiempo trabajado, si se entró después del convenio.

 

3. Carácter no remunerativo

El incremento de $ 5.000 no será tenido en cuenta para el cálculo de vacaciones ni jubilaciones. Pero sí se computará para calcular las sumas adicionales por antigüedad y presentismo (según convenio colectivo).

En cambio, el incremento de $ 4.000 sí será remunerativo, es parte del salario y por este se pagan aportes y contribuciones. El Adicional Extraordinario pactado tributará los adicionales de presentismo y antigüedad.

 

4. Trabajadores a tiempo parcial o jornada reducida

También se paga pero proporcional a lo trabajado. Se toma la base como el total y sobre eso se estiman los logros y tiempo trabajado. Lo mismo si el trabajador de comercio ingresó a trabajar más tarde, por ejemplo mediados de septiembre.

Las sumas se pagan desde septiembre, y se verán reflejadas en el recibo próximo, en forma retroactiva en varios casos. como “Asignación Extraordinaria No Remunerativa – Acuerdo 2020” en forma completa o abreviada, con indicación del número de la cuota respectiva.

 

5. Si la empresa ya dio aumento, este se suma

El acta paritaria, que es ley para las partes, expresamente dice que si el empleador ya hubiese dado un aumento en forma unilateral, las sumas resultantes de este acuerdo no pueden compensarse, se suman.

Eso salvo que el aumento de salario se haya dado a partir de abril de 2020 y expresamente se haya otorgado a cuenta de futuros aumentos de convenio o conceptos similares.

 

En resumen: empleados de comercio recibirán un aumento de $ 5.000 no remunerativos (pero que sí se computarán para presentismo y antigüedad), $ 4.000 remunerativos, como sueldo, todo eso desde septiembre de 2020.


Podés leer el acta completa del nuevo salario acordado para empleados de comercio en este link de Derecho En Zapatillas acuerdo empleado de comercios

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