Se extiende hasta el 31 de octubre, la vigencia transitoria respecto de la cantidad máxima de planes, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable, correspondientes al régimen de facilidades de pago permanente de AFIP.
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Se extiende hasta el 31 de octubre, la vigencia transitoria respecto de la cantidad máxima de planes, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento aplicable, correspondientes al régimen de facilidades de pago permanente de AFIP.
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— Blog del Contador (@BlogDelContador) September 29, 2020
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