Se dispone un nuevo «Régimen de facilidades de pago especial» de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras vencidas al 31/12/2024 complementario a aquel «Permanente» (INCLUYE CUADRO RESUMEN) (ver anticipo: «Deudas ARCA: nuevo Plan de Facilidades de pago con beneficios en tasas, cuotas y sin pago a cuenta. Cuadro único según contribuyente, Tributum.news, 28/12/2024)
Sujetos: Pequeños Contrib, PyMES (con Certificado), Sector Salud y Entidades sin fines Lucro
Obligaciones: Impositivas, Previsionales sus intereses y multas, y cargos aduaneros
Exclusiones: Retenciones y percepciones previsionales -salvo aportes empleados-, Anticipos y/o pagos a cuenta, Planes de facilidades de pago vigentes, Obras Sociales -excepto Monotributo-, ART, RENATRE, RENTEA, entre otros
Régimen: de Facilidades de pago «especial»
Deudas fiscales: vencidas al 31/12/2024
CONDICIONES. PLANES
Cuotas mensuales: hasta 48 (según Contribuyente)
Tasas
Fijas
25% o 40% del interés resarcitorio vigente
Pago a cuenta: NO
Perfil (SIPER): NO
Cantidad de planes: sin limitaciones
Débitos: únicamente vía CBU dia 16 o día 12 mes siguiente (rehabilitación)
Caducidad: falta de pago 2 cuotas (consecutivas o alternadas) o 1 a los 60 días última cuota
TABLA ÚNICA DE PLANES: por contribuyente, obligación adeudada, cuotas máx. y tasa
ADHESION
Certificado PyME: 1) Vigente al momento de acogimiento o 2) No caracterizado PyME pero si durante suspensión de embargos año 2024 (Res Grales 5532/2024 y 5482/2024)
Pequeños contribuyentes: código registral ARCA «547 – Pequeño Contribuyente»
CUIT: activa sin limitaciones
DDJJ determinativas: presentadas
Sistema: “Mis Facilidades”
Adhesión: desde lunes 3 Febrero al miércoles 30 Abril 2025
Vigencia: 30/12/2024