Se disminuye la percepción del “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” para todas las operaciones(Ley 27.541 y Dec 99/2019, Dec 682/2022 y 377/2023 y Res Grales 4659/2020, 4815/2020, 5123/2021, 5232/2022, 5272/2022, 5393/2023, 5403/2023, 5430/2023 y 5450/2023)
Gravamen: impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) (tasa 30% o % según servicios)
Sujetos obligados al pago: adquirente o prestatario
Alcance: residentes y pagos mediante tarjetas de crédito, de compra y/o de débito entidades financieras o compra de billetes
Régimen de percepción
1⃣ Impuesto a las Ganancias. Alicuota: 30% (ant 100%)
2⃣ Bienes Personales. Alícuota: eliminación (ant 25%)
OPERACIONES
Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico
Bienes y servicios en el exterior, portales o prestados desde exterior (todos)
Servicios y transporte vía Agencias de viajes y transporte en el exterior o destino fuera del país
Importación de mercaderías (Dec 99/2019)
PERCEPCIÓN. PAGO A CUENTA
1⃣ Alícuota 30% (ant 100%)
Monotributistas y no en Imp. Ganancias: a cuenta Imp. Bs Personales
Demás Contribuyentes: a cuenta Imp. a las Ganancias
Vigencia y aplicatoriedad operaciones: 13/12/2023