Se modifica el régimen de percepción conforme las flamantes operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” incorporando la reciente ampliación a la importación de mercaderías y servicios (Dec 377/2023 BO. 25/07/2023) (Ley 27.541 y Dec 99/2019, Dec 682/2022 y 377/2023 y Res Grales 4659/2020, 4815/2020, 5123/2021, 5232/2022 y 5272/2022)
GRAVAMEN: impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)
Operaciones: compra de billetes y divisas en moneda extranjera
Sujetos obligados al pago: adquirente o prestatario
Alcance: residentes y pagos mediante tarjetas de crédito, de compra y/o de débito,
Agentes de percepción y liquidación: Entidades cambiarias
Tasa: 30%
Pago obligaciones conforme BCRA. Excepción: su eliminación (NUEVO)
INCORPORACIONES (NUEVO)
Servicios por no residentes o Suc. Casa matriz (mantenimiento, seguros, informática, empresariales, jurídicos, contables y otros): 25%
Servicios por no residentes o en el Exterior (Fletes y transporte): 7,5%
Bienes. Mercaderías (salvo excepciones): 7,5%
SICORE: nuevos códigos (994, 995 y 996, respectivamente)
Vigencia: 24/07/2023
PAGO A CUENTA. IMPUESTO PAIS (NUEVO)
Responsable: Importador
Servicios manteamiento, seguros, jurídicos, etc: 28,50%
Bienes (Mercaderías): 7,125%
Pago con giro de divisas tercero o courier: exclusión
Vigencia: 25/07/2023
RÉGIMEN: Percepción en impuestos a las Ganancias o Sobre los Bienes Personales
Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (ahorro sin destino especifico): 45% (ant 35%)
Vigencia: 25/07/2023