La Corte Suprema ratificó que el impuesto sobre los ingresos brutos no alcanza a sujetos sin fines de lucro (iProfesional)
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En el conciso fallo dictado el 19 de marzo de 2024 en la causa «Cooperativa Farmacéutica de Provisión y Consumo Alberdi LTDA c/ Provincia del Chaco s/ amparo», la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó que el fin de lucro es un requisito indispensable para el cobro del impuesto sobre los ingresos brutos.
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