#práctica Modelos: Promueve demanda por consignación judicial
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134. PROMUEVE DEMANDA POR CONSIGNACION JUDICIAL1
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Señor Juez:
DD (DNI……..) con domicilio real en …………….., por propio derecho, asistida por su letrada …………….(To…….Fo ……..) CUIT ……….., constituyendo domicilio legal en…………….. de CABA y con identificación y domicilio electrónico en el CUIT ………….a V.S. respetuosamente me presento y digo:
1.- OBJETO:
Que en legal tiempo y forma vengo a promover demanda por consignación de sumas de dinero por la suma de PESOS…………….. ($….) contra el Sr. AA con domicilio en …………………, de conformidad con las consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer, con costas a la contraria.
2.- HECHOS:
Que conforme lo acredito con la documentación adjunta, he celebrado un contrato de mutuo2 con el Sr. DD con fecha……….. en virtud del cual aquél me ha otorgado en préstamo la cantidad de PESOS…………. ($…..) obligándome a restituir dicha suma con más los intereses pactados, es decir, la suma de PESOS……………. en tres cuotas mensuales y consecutivas de PESOS…………. ($……….) cada una de ellas, con vencimiento los días…………………………… Que mi parte debía abonar las cuotas en el domicilio del acreedor.
Que al vencimiento de la tercera y última cuota, me apersoné en el domicilio del acreedor para cumplir con mi obligación, pero éste se negó a recibir el dinero, aduciendo que dada la inflación imperante, requería una suma extra en concepto actualización monetaria.
Ello motivó el envío de la CD Nro….. de fecha……….. que fuera recepcionada por el demandado el día……. con el siguiente texto ……… La conducta asumida por el accionado al negarse a recibir las sumas pactadas ha resultado arbitraria e injustificada y habilita la presente demanda en los términos del art. 904 inc. a), ya que efectivamente el Sr. AA ha sido constituido en mora. De tal modo me asiste el derecho a obtener la liberación de la deuda mediante el pago por consignación a cuyo fin hago íntegro depósito de todas las sumas adeudadas.
Deberá otorgarse a la presente consignación los mismos efectos del pago, es decir la liberación del deudor y el cese de los intereses3 .
3.- PRUEBA:
A fin de acreditar los extremos invocados, ofrezco la siguiente prueba:
A) DOCUMENTAL: La que se acompaña, a saber: Contrato de mutuo, recibos, Carta documento, comprobante de tasa de justicia, bono, fotocopia DNI actor.
B) INFORMATIVA: Oficios tendientes a comprobar la autenticidad de la documentación adjunta. En su caso, oficio a Escribano que certificó las firmas en el contrato de mutuo.
C) CONFESIONAL: Se cite a la contraria a absolver posiciones y reconocer documentos a la audiencia que se designará al efecto, bajo apercibimiento de ley.
D) TESTIMONIAL: Cite el juzgado a prestar declaración testimonial a las siguientes personas, quienes declararán sobre las tratativas tendientes a entregar las sumas adeudadas y toda otra circunstancia tendiente a acreditar los extremos invocados en la demanda. Indicar: Nombre, DNI , domicilio, nacionalidad, ocupación, estado civil de cada uno de los testigos E) PERICIAL CALIGRAFICA EN SUBSIDIO: Para el hipotético e improbable supuesto de que el demandado negase la autenticidad de las firmas puestas en los documentos (recibos) adjuntos, se designe perito calígrafo único y de oficio a fin de que determine si la signatura que se le atribuye al acreedor resultan auténticas.
Designa consultor técnico de parte al Licenciado……….
4.- ACOMPAÑA DEPÓSITO:
Que en virtud de lo dispuesto en el art. 906 inc. a) del CCyC con la boleta adjunta acredito el depósito en el Banco………… Sucursal Tribunales, cuenta …………….. a la orden de V.S. y perteneciente a estos obrados, de la suma de Pesos …………. ($…..) 4 .
5.- DERECHO
Fundo el derecho que me asiste en lo dispuesto en el LIBRO TERCERO, Capítulo 4, Sección 7ma. Parágrafo 1° del CCyC, doctrina y jurisprudencia aplicables.
6.- COMPETENCIA:
Hago saber a V.S. que las partes del contrato de mutuo hemos pactado la Jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Civil de la Capital, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción, en la cláusula ………., por lo tanto, V.S. resulta competente para intervenir en el presente.
7.- RESERVA CASO FEDERAL:
Para el caso hipotético e improbable de que no se hiciese lugar a la demanda, lo que importaría vulnerar el derecho de propiedad de la actora, que tiene garantía constitucional (art. 17 CN) dejo desde ya planteado la reserva del caso federal, para ocurrir ante la Corte de Suprema de Justicia de La Nación, que autoriza el art. 14 de la ley 48.- 8.- AUTORIZACIONES:
Se deja autorizado a consultar el expediente, diligenciar cédulas, oficios, testimonios, mandamientos, sacar fotocopias y en general, a realizar todo trámite inherente a estos obrados a ….
9.- PETITORIO:
Por lo expuesto de V.S. solicito: a) Se me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio legal y electrónico indicado. b) Se agregue la documentación y la boleta de depósito, reservándose los originales en Secretaría. c) De la demanda, traslado al accionado por el término y bajo apercibimiento de ley. d) Se tenga presente la prueba ofrecida y la reserva del caso federal. e) Oportunamente se dicte sentencia haciendo lugar a la demanda por consignación de sumas de dinero, con costas al accionado.
Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA.-
1 ARTICULO 904.- Casos en que procede. El pago por consignación procede cuando: a) el acreedor fue constituido en mora; b) existe incertidumbre sobre la persona del acreedor; c) el deudor no puede realizar un pago seguro y válido por causa que no le es imputable.
2 ARTICULO 1525.-Concepto. Hay contrato de mutuo cuando el mutuante se compromete a entregar al mutuario en propiedad, una determinada cantidad de cosas fungibles, y éste se obliga a devolver igual cantidad de cosas de la misma calidad y especie.
3 ARTICULO 907.-Efectos. La consignación judicial, no impugnada por el acreedor, o declarada válida por reunir los requisitos del pago, extingue la deuda desde el día en que se notifica la demanda. Si la consignación es defectuosa, y el deudor subsana ulteriormente sus defectos, la extinción de la deuda se produce desde la fecha de notificación de la sentencia que la admite.
4 ARTICULO 906.-Forma. El pago por consignación se rige por las siguientes reglas: a) si la prestación consiste en una suma de dinero, se requiere su depósito a la orden del juez interviniente, en el banco que dispongan las normas procesales; b) si se debe una cosa indeterminada a elección del acreedor y éste es moroso en practicar la elección, una vez vencido el término del emplazamiento judicial hecho al acreedor, el juez autoriza al deudor a realizarla; c) si las cosas debidas no pueden ser conservadas o su custodia origina gastos excesivos, el juez puede autorizar la venta en subasta, y ordenar el depósito del precio que se obtenga.
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