*Resolución (Ministerio de Trabajo) 142 / 2021*
Teletrabajo
Si no hay acuerdo individual particular, puede seguirse con el trabajo remoto desde el domicilio de los asalariados.
https://t.co/YB7bmC5m9t
*Resolución (Ministerio de Trabajo) 142 / 2021*
Teletrabajo
Si no hay acuerdo individual particular, puede seguirse con el trabajo remoto desde el domicilio de los asalariados.https://t.co/YB7bmC5m9t
— Marcelo D. Rodriguez (@mrconsultores3) March 19, 2021
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