La Voz del Interior @lavozcomar: Respetar un federalismo de concertación

Respetar un federalismo de concertación

La aprobación por el Senado de la Nación del proyecto que transformó en ley el convenio de transferencia progresiva de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no federales, ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), es inconstitucional, porque vulnera el principio de autonomía de la Ciudad (artículo 129 de la Constitución Nacional) y el federalismo de concertación con la distribución de recursos en función de las competencias, servicios y funciones (artículo 75, inciso 2) de nuestra Carta Magna.

El 18 de enero de 2016, con el dictado del decreto número 194/2016, se transfiere de la Nación a Caba el 3,75% de los recursos coparticipables devenidos del monto total de lo recaudado por los gravámenes establecidos en el artículo 2 de la ley convenio federal, fruto de la transferencia de la seguridad a la Caba, en materias no federales.

En 2017, con el consenso fiscal, se disminuye el coeficiente de coparticipación al 3,5%, el que requirió de un acuerdo previo entre la Nación, las 22 provincias y la Ciudad. En él se acordó compensar a las provincias adherentes al consenso a través de transferencias automáticas, resultantes de la eliminación del artículo 104 de la Ley del Impuesto a las Ganancias y del aumento de la asignación específica del llamado impuesto al cheque.

Este consenso fue aprobado por ley nacional 27.489, ratificado por todas las legislaturas provinciales y por la Legislatura de la Caba. En consecuencia, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 257/18, que redujo el porcentaje coparticipable del 3,75% al 3,5%.

En síntesis, este porcentaje del 3,5% fue producto de un acuerdo o consenso alcanzado entre el Estado Nacional, la Ciudad y las 22 provincias que ratificaron los consensos fiscales de 2017 y 2019.

Por tal motivo, cualquier disminución en el porcentaje de coparticipación se debería dar bajo idénticos mecanismos de acuerdos y consensos, en el marco del respeto de la autonomía de Caba, consagrada en el artículo 129, y del federalismo de concertación del artículo 75, inciso 2, de nuestra Constitución.

Con la Reforma de 1994, Caba pasó a ser un sujeto del federalismo en el régimen de coparticipación de impuestos. Tanto es así que cuenta, en materia de coparticipación, con idéntico estatus que cualquier otra provincia sobre la distribución y pertenencia de los fondos coparticipables, los que sólo podrán ser afectados con su expresa conformidad.

La Nación sólo administra los fondos federales que debe coparticipar. El principio de intangibilidad de los recursos de las provincias y de la Caba le impide al Gobierno nacional modificar la distribución de las competencias, servicios y funciones sin la aprobación específica de Caba como parte afectada, hasta la sanción de una nueva ley de coparticipación.

Pretender imponer un nuevo porcentaje de coparticipación mediante la sanción de una ley con mayorías circunstanciales, que hoy afecta a Caba y que mañana le puede afectar a nuestra provincia o a cualquier otra, significa desconocer los principios de autonomía, el federalismo de concertación y los pilares de la buena fe y lealtad federal, tal como lo recordó nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Entre Ríos”, de 2019.

El diseño institucional de nuestro país, a partir de la Reforma de 1994, nos impone el dictado y la sanción de una nueva ley de coparticipación que espera desde 1996 (cláusula transitoria sexta de nuestra Constitución), con base en acuerdos y consensos entre la Nación, las provincias y Caba.

Este es el mayor desafío institucional, político y federal que surge de nuestra Constitución y del Preámbulo, cuando nos habla de alcanzar la “unión nacional”, basada en los pilares que hacen a la fortaleza del federalismo de concertación, a las autonomías provinciales y de Caba, en el marco de lo que nuestra Corte Suprema ya remarcó en los fallos “San Luis, Santa Fe y Córdoba”, de 2015, sobre la necesidad de la sanción de una nueva ley de coparticipación lograda, sin imposiciones de poder ni recursos con acuerdos y consensos necesarios respetando nuestra Constitución Nacional.

*Exlegislador provincial por la UCR

Coparticipación. Eje de la nueva disputa entre la Nación y la ciudad de Buenos Aires. (Presidencia de la Nación)

https://www.lavoz.com.ar/opinion/respetar-un-federalismo-de-concertacion


Compartilo en Twitter

Compartilo en WhatsApp

Leer en https://www.lavoz.com.ar/opinion/respetar-un-federalismo-de-concertacion

Deja una respuesta