La Voz del Interior @lavozcomar: ¿Qué documentación necesitás para salir del país con tu hijo menor de 18 años?

¿Qué documentación necesitás para salir del país con tu hijo menor de 18 años?

Cuando se acerca un viaje al exterior, muchos padres se enfrentan a la pregunta sobre qué documentación necesitan para salir del país con su hijo menor de 18 años. Además del documento nacional de identidad, el pasaporte y la visa, en caso de que corresponda, se requiere un permiso especial o autorización.

El Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba confeccionó una guía para responder a todas esas dudas.

Permiso o autorización

Para salir del país, los menores de 18 años deben contar con un permiso especial o autorización firmado por sus progenitores. Si viajan con uno de ellos, el documento debe estar rubricado sólo por el otro. Si se trasladan solos o con un tercero, deben firmar los dos padres.

El papel puede hacerse para un viaje específico, por un determinado tiempo o hasta la mayoría de edad. Se tramita ante escribano público y requiere ser apostillado.

¿Qué es y para qué sirve la Apostilla de la Haya o Legalización Internacional?

La Apostilla de la Haya o Legalización Internacional es un tipo de legalización simplificada de instrumentos, que tiene la finalidad de verificar la autenticidad de los mismos y habilitar su uso en países extranjeros.

Es decir, cuando un documento público o notarial debe traspasar las fronteras del país, es necesario obtener una apostilla o legalización internacional para que tenga validez en el mismo.

Físicamente, este certificado se adjunta al documento original. El trámite se realiza en el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba (Obispo Trejo 104), de manera presencial y sin turno previo, de lunes a viernes, de 8 a 15.

El plazo de entrega es de 10 a 15 días hábiles para apostillas de expedición simple y de 72 horas hábiles para casos urgentes.

¿Qué sucede si el otro progenitor murió?

En caso de fallecimiento de uno de los progenitores, se debe presentar la Partida de Nacimiento del menor para probar que es hijo de ambos y el certificado de defunción del fallecido.

Los menores de 18 años que sean adoptados y quieran viajar al exterior, deben presentar la resolución judicial.

La sola presentación de la Libreta de Matrimonio, en caso de que esté inscripto el nacimiento del chico y la muerte del cónyuge, es suficiente para salir del país.

¿Es necesaria la autorización si viajan ambos progenitores?

En caso de que el menor viaje con sus dos progenitores, no es necesario que se realice una autorización especial. Sólo basta con presentar la Partida de Nacimiento o la Libreta de Matrimonio para demostrar que es hijo de ambos.

¿Qué pasa si el chico es adoptado?

Los menores de 18 años que sean adoptados y quieran viajar al exterior, deben presentar la resolución judicial. Si sólo se trasladan con uno de los padres adoptivos, se debe tramitar el permiso especial del otro. Si viaja sólo, tendrá que hacerlo con la autorización de ambos.

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