La Voz del Interior @lavozcomar: Proyecto cordobés busca que las penas por causar incendios sean de prisión efectiva

Proyecto cordobés busca que las penas por causar incendios sean de prisión efectiva

El Gobierno nacional anunció que enviará un proyecto al Congreso de reforma al Código Penal para endurecer las penas a quienes provoquen incendios de manera intencional. Ya en 2024, año en que el fuego consumió 100 mil hectáreas en nuestra provincia, diputados cordobeses presentaron tres proyectos sobre esta materia.

Uno de esos proyectos es del diputado nacional Juan Brügge (Encuentro Federal), al que se sumaron Ignacio García Aresca y Oscar Agost Carreño, con el que pretende elevar las penas. Actualmente, hay un dictamen con el que se trató de conciliar los tres proyectos.

Avanzó en la Comisión de Legislación Penal y está en condiciones de ser aprobado. “El problema principal que observamos es que los mínimos no fueron tocados y es lo que nos pedían los fiscales de Córdoba”, dijo Brügge a La Voz.

En 2024, los incendios de Córdoba pusieron en riesgo a las personas y viviendas.  (La Voz)

El artículo 186 del Código Penal establece penas que van desde los tres años de prisión para quienes provoquen incendios en bosques, montes, plantaciones o pasturas, pero las sanciones terminan siendo muy leves o insuficientes.

Por caso, en 2024, la Fiscalía de Villa Dolores condenó a tres personas culpables de provocar uno de los más grandes incendios en las Sierras Grandes, a una pena de tres años de prisión con ejecución condicional (sin perder la libertad).

“Con un mínimo de tres años la pena es excarcelable, y el culpable queda en libertad. Insistimos en que la pena se eleve a cuatro años, así el que inicia un incendio queda preso. Y el máximo propuesto es de 20 años de prisión”, expresó Brügge .

Además, el proyecto pretende elevar las penas del delito culposo, cuando es provocado por negligencia, que va de un mes a un año, para llevarlo de tres a siete años. En caso de lesiones graves o gravísimas se prevén de ocho a 16 años de prisión, y si se provoca la muerte de una persona la pena se eleva a 20 años.

El diputado manifestó que las consecuencias de los incendios son desbastadoras. Y por eso prevé la incorporación de una figura agravante: cuando se detecta que el incendio puso en riesgo la vida de las personas con intención de cambiar la situación ambiental del terreno.

“Queremos darle herramientas a la Justicia, que se pueda aprehender a la persona, juzgarla y mantenerla presa”, dijo. También subrayó que el Gobierno nacional debe hacerse cargo de un programa de educación sobre los riesgos de incendios.

Juan Brügge. Diputado nacional por Córdoba.

“El Plan Nacional de Lucha contra el Fuego tiene un presupuesto muy bajo, cuando debería ser el principal difusor de la prevención”, apuntó. Y sumó: “Si el Presidente Milei saca un decreto que incorpora el proyecto en el temario de extraordinarias, podemos tratarlo este miércoles”.

Régimen único de sanciones

La provincia de Córdoba cuenta con un único régimen sancionatorio y de procedimiento administrativo para las infracciones ambientales. Se trata de la ley 11.027 aprobada por la Legislatura Unicameral en diciembre de 2024 que unifica las reglamentaciones “diseminadas” y establece sanciones en materia hídrica, ambiental y de recursos naturales.

Dentro de los principales aspectos, la ley introduce una unidad fija de multa (UF), que se mide en litros de combustible, equivalentes al valor de la UF dispuesto para infracciones a la Ley Provincial de Tránsito.

Asimismo, le da al Ministerio de Ambiente la facultad para establecer la conversión y equivalencia de las disposiciones en materia hídrica, ambiental y de recursos naturales, que establezcan una forma distinta de cuantificar el valor de las multas respecto de la ley.

La norma también sanciona a los infractores que no cumplan con la remediación ambiental tras el daño ocasionado e instaura el Registro de Infractores Ambientales para identificar a quienes no cumplan con sus obligaciones.

Además, crea el Tribunal Administrativo Ambiental que se encarga de definir las infracciones y aplicar las sanciones. Así, libera de tal función a la Policía Ambiental, organismo que se abocará exclusivamente a la función de fiscalización y control. Ahora, falta la puesta en función y su reglamentación, algo que se daría en los próximos meses.

Daño y reparación

El presidente de la Comisión de Ambiente y Recursos Renovables de la Unicameral, Abraham Galo, dijo a La Voz que la ley unifica la cantidad de normativas vigentes y más allá de las infracciones lo más importante es la remediación del daño causado. “En base al delito ambiental que la persona cometa, será la sanción y la remedición que determinará la autoridad de aplicación”, indicó el legislador.

Y agregó que la ley dota a la Policía Ambiental de normativas claras y concretas, con los juzgados administrativos de faltas para sancionar a quienes provocan un daño ambiental significativo e irreparable como es el caso de los incendios intencionales.

“El régimen sancionatorio es innovador. De esta manera se frena el avance de la destrucción de nuestro ambiente. En los últimos años Córdoba tuvo una gran pérdida de los recursos naturales. Ahora, es muy grave lo que sucede en El Bolsón. Por eso se necesitan reglas claras y castigar a los que provocan un daño ambiental”, afirmó.

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