Penas elevadas a tres jóvenes que ejecutaron a un vecino de Villa Boedo
Se conocieron al final de la semana pasada los fundamentos de la sentencia condenatoria a tres jóvenes de barrio Villa Boedo que, mientras tenían entre 18 y 19 años, ejecutaron a un vecino que había salido en defensa de su hija cuando intentaron robarle el celular frente a su casa.
Por unanimidad, el tribunal popular constituido en la Cámara 7ª del Crimen de la ciudad de Córdoba emitió su Sentencia 26 e impuso penas elevadas a los tres autores del crimen de Alberto Medina, de entre 14 y 16 años de prisión.
Durante el juicio se escucharon las circunstancias que se viven a diario en este barrio, con periódicos robos en al vía pública y escenas de violencia que terminan con disparos de arma de fuego.
El episodio fatal se desarrolló en dos hechos consecutivos, durante la siesta del 11 de agosto de 2022, en el barrio Villa Boedo, en el extremo este de la ciudad de Córdoba. Según el escrito de la acusación, a las 14.30 de ese día, José Omar “Chuequera” Perulero (19) y Fabricio Isaías Ortiz (20) intentaron, con dos armas de fuego, robarle el celular a Ana Celeste Medina, quien tenía un bebé en brazos y estaba acompañada de otra persona. En defensa de la joven, salieron luego su hermano y su padre, Alberto Medina, quien con una barra de hierro de 1,20 metros habría puesto en fuga a los dos acusados. Ambos se retiraron, pero a la distancia Ortiz disparó en dirección a los Medina, sin herir a nadie.
Cinco minutos después, el expediente dice que aparecieron ambos jóvenes frente a los Medina, cuando intentaban ingresar a su casa. En esta ocasión estaban acompañados por Elías Adrián Ludueña (20).
Los tres jóvenes –acusados en este juicio– habrían proferido amenazas de muerte, como “te voy a matar”, “te voy a dar” o “a vos, viejo botón, te vamos a matar”.
En el juicio se determinó que Ortiz fue quien hizo el disparo fatal luego de haber tomado el arma que llevaba Ludueña. Antes, en el primer episodio, “Chuequera” Perulero apuntó -con una pistola calibre 765- a los Medina a corta distancia y Ludueña efectuó disparos a las víctimas con otra arma, el revólver calibre 38 que luego usaría fatalmente Ortiz.
El proyectil que disparó finalmente Ortiz ingresó por la parte inferior del esternón y perforó varios órganos del abdomen, lo que le causó la muerte poco después, media hora después de llegar al Hospital de Urgencias.
Cambio de calificación
En el debate, tras la apertura del debate ante el jurado popular y luego de ventilarse la prueba, el fiscal de cámara Sergio Ruiz Moreno anunció que iba a morigerar la dura acusación de homicidio criminis causae a homicidio agravado por el uso de arma de fuego para los tres acusados, por igual, si bien dos de ellos quedaban involucrados en el primer episodio del intento de robo calificado.
De este modo, se bajaba para los acusados la posibilidad de una sanción de prisión perpetua, y se ponía un piso mínimo de 10 años y ocho meses de prisión (sólo por el homicidio).
A la par de que los tres acusados confesaron, mostraron su arrepentimiento y pidieron disculpas a los familiares de la víctima, Ruiz Moreno solicitó las penas que finalmente dictó el tribunal popular, por unanimidad: 16 años de prisión para Perulero y Ortiz, y 14 años para Ludueña (que no participó del intento de robo).
Los defensores, a la hora de alegar, habían pedido que se morigeraran los montos de las condenas de prisión, teniendo en cuenta las condiciones de vulnerabilidad a la que había sido sometido y la historia de vida que habían soportado. Villa Boedo es una comunidad muy desfavorable del extremo este de la ciudad de Córdoba. Así, se escuchó que mientras Ludueña tiene 20 años y no sabe leer ni escribir, que Ortiz no tuvo progenitores y tuvo que dejar la escuela de niño para hacer changas y que Perulero “apenas si terminó la primaria”.
Ahora, estos jóvenes condenados pasarán más de una década con encierro efectivo. Sus defensores aceptaron el cambio de calificación que impuso el fiscal y los acusados admitieron su responsabilidad en el crimen.
De este modo, evitaron la prisión perpetua por la acusación de homicidio criminis causae. Esta figura penal se refiere a aquella muerte intencional que se comete cuando el autor mata para preparar, facilitar, consumar otro delito, o para asegurar sus resultados, o procurar la impunidad para sí o para otro; o por no haber logrado el fin propuesto al intentar otro delito (en este caso, el robo). La única pena posible, en caso de que el o los responsables sean hallados culpables, es la prisión perpetua.
El tribunal técnico estuvo integrado por los vocales de esta cámara, Patricia Soria (presidenta), Laura Hubermann y José Luis Cesano. El autor del voto fue este último juez y la sentencia fue unánime.
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