Otorgan adopción plena de una adolescente a su “papá del corazón”, a pesar de la oposición del padre biológico
El Juzgado Civil, Comercial, de Conciliación y Familia de Huinca Renancó le otorgó la adopción plena de una adolescente al esposo de su madre, a pesar de la oposición del padre biológico. El Juez Lucas Ramiro Funes respaldó su fallo en el claro deseo de la joven de ser reconocida como hija de su “papá del corazón”. A partir de ahora, la adolescente llevará el apellido de su padre adoptivo en lugar del que le había otorgado su padre biológico.
El proceso de adopción se inició a raíz de una solicitud presentada por la madre y su esposo, quienes buscaban formalizar la relación paterno-filial que habían construido a lo largo de los años. El hombre convivió con la adolescente desde que tenía 3 años, brindándole apoyo emocional y sustento económico, y ahora la joven de 14 años se integra plenamente a la familia extendida del adoptante como nieta y sobrina.
La pareja solicitante, que está casada desde 2014, había convivido desde febrero de 2012 con las dos hijas de la mujer, cuyos padres son diferentes. Desde el inicio de la convivencia, el vínculo entre el adoptante y la adolescente se fortaleció, lo que motivó su deseo de buscar un reconocimiento formal, según indicaron en Justicia Córdoba.
Oposición del padre biológico
El proceso se complicó debido a la oposición del padre biológico, quien reside en otra provincia y argumentó que la distancia y la falta de colaboración por parte de la madre le impidieron mantener una relación cercana con su hija.
Sin embargo, el juez Funes consideró que el progenitor biológico había mostrado poco interés en mantener una comunicación significativa con la adolescente y que su enfoque principal había sido evitar la adopción en lugar de acercarse a su hija.
La solicitud de adopción inicialmente se presentó como una adopción simple, pero durante el proceso entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que introdujo la figura de la adopción por integración.
El juez Funes decidió que esta adopción por integración se concediera con efectos de adopción plena, subrayando el deseo expreso de la joven de ser reconocida como hija de su padre adoptivo.
Derecho a ser escuchada
En su resolución, el juez enfatizó que el interés superior de la adolescente y su derecho a ser escuchada fueron los factores determinantes en la decisión.
Destacó que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a dar su opinión en procesos que afecten sus vidas y que esta opinión debe ser tenida en cuenta y valorada según su edad y madurez. En este caso, la adolescente fue escuchada en tres ocasiones durante la tramitación del proceso y expresó su deseo de ser hija del adoptante y llevar su apellido.
La sentencia incluyó un mensaje en lenguaje sencillo dirigido a la joven, informándole que ahora era oficialmente hija de su “papá del corazón” y que llevaría su apellido. Esta medida busca facilitar la comprensión de las resoluciones judiciales a las personas a las que afectan directamente.
La decisión del juez Funes resalta la importancia de proteger el interés superior de los niños y niñas en procesos de adopción y de escuchar sus voces en las decisiones que les afectan directamente.
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