Las empresas frente a los derechos humanos
En las últimas décadas, las empresas han cobrado tal relevancia a nivel nacional e internacional que algunas acumularon capital como para superar el producto interno bruto de varios países, con su consecuente influencia política.
Sin embargo, la regulación de su actividad no ha ido a la par de este crecimiento, lo que da lugar a múltiples situaciones de vulneración de derechos a personas y comunidades en diferentes países del mundo, sin consecuencia o reparación alguna.
Si bien hay avances, las corporaciones y los estados deben demostrar mayor compromiso y responsabilidad en evitar violaciones a los derechos humanos ocasionadas por la actividad empresarial.
Desde que los derechos humanos estuvieron contemplados por una normativa internacional, el foco se centró en la obligación de los gobiernos de respetarlos, de promoverlos y de protegerlos, y en brindarles a los estados mecanismos y herramientas para que ejerzan sus responsabilidades.
Por otra parte, la globalización posibilitó que otros actores no estatales adquirieran igual o mayor relevancia en el sistema internacional. Por ejemplo, las empresas transnacionales, que han llegado a incidir en las decisiones estatales y muchas veces definen los rumbos de los países. Pero el aumento de poder de aquellas no ha sido acompañado con más responsabilidades.
Muy por el contrario, en muchos casos las actividades de las corporaciones tienen como único fin el lucro, y pasan por encima de los derechos de personas y comunidades así como afectan el ambiente, sin ninguna consecuencia por sus actos.
La ausencia de responsabilidad de las empresas transnacionales dejó entrever la necesidad de contar con un marco normativo en el que estas estuvieran obligadas a respetar y garantizar a la ciudadanía el derecho a una vida digna, así como a remediar cualquier daño ocasionado.
De esta manera, en 2011, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas adoptó los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, como primer paso para prevenir y abordar los impactos de las actividades de las corporaciones en los derechos humanos. Estos principios se sustentan sobre el deber del Estado de protegerlos y la responsabilidad de las empresas de respetarlos y de garantizar el acceso a mecanismos efectivos de reparación para las víctimas.
En esta línea, la ONU instó a los estados a elaborar planes de acción nacionales que incluyan los principios rectores sobre empresas y derechos humanos. Si bien la medida fue acompañada, todavía hay muchos estados que se encuentran elaborando sus planes, entre ellos Argentina. Paradójicamente, en estos países es necesario que se regule la actividad de las corporaciones transnacionales.
A la par de estas medidas, desde 2014, el Grupo de Trabajo de la ONU elabora un tratado jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas en cuanto a derechos humanos se refiere. El borrador del tratado es sometido cada año a revisión. Así, en 2020 se publicó un segundo borrador revisado, que fue sometido a las negociaciones intergubernamentales.
La necesidad de contar con un marco jurídico vinculante se observa en la constante violación a los derechos humanos que genera la actividad de las industrias extractivas en América latina y en el Caribe.
Los abusos se manifiestan de distintas maneras, como el avance sobre tierras ancestrales, la destrucción de ecosistemas locales, la no consulta a las comunidades afectadas, violencia contra las protestas, torturas y ejecuciones extrajudiciales.
Frente a este panorama, es urgente que gobiernos, empresas y sociedad trabajen de manera articulada para generar acciones y políticas a largo plazo.
Es urgente la implementación de medidas para evitar estos abusos y violaciones a los derechos humanos, ya que en este tipo de actividad las empresas no tienen ningún control por parte del Estado, y menos aún existe la posibilidad de acceder a la Justicia para las poblaciones perjudicadas.
Si bien desde 2011 hubo avances para que las corporaciones transnacionales sean responsables, aún resta mucho trabajo por hacer. Los planes de acción implementados en algunos países no se desarrollaron de manera adecuada; por lo tanto, las empresas continúan cometiendo violaciones.
Por otro lado, parece una realidad lejana que el tratado sea promulgado en un futuro cercano, pues, al ser un proceso abierto en el que participan estados, empresas, organizaciones no gubernamentales y sociedad civil, es complejo llegar a un punto de acuerdo por los diferentes intereses de las partes.
Como actores relevantes del sistema internacional, las empresas transnacionales deben ser sujetos con obligaciones, con responsabilidades y con un marco jurídico sobre el cual rendir cuentas por su accionar.
Sobre todo en los países de menores ingresos, es moneda corriente observar que, por conseguir inversiones y entrada de divisas, los gobiernos hacen la vista gorda a las consecuencias negativas que esas actividades ocasionen. Y no hay mecanismo de reparación al que las víctimas puedan recurrir cuando el daño está hecho.
Para evitar estas situaciones, el desafío de este siglo es que Estado, empresas y sociedad civil trabajen de manera coordinada en la protección, el respeto y la garantía de los derechos humanos de todas las personas.
*Encargada de proyectos del área de gobernabilidad global de Fundeps
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