La Voz del Interior @lavozcomar: La Voz presentó un amparo para que la Legislatura informe sobre contratados

La Voz presentó un amparo para que la Legislatura informe sobre contratados

Vencido el plazo legal para que sea respondido un pedido de acceso a información presentado por La Voz ante la Vicegobernación de Córdoba sobre los contratados de la Legislatura, este medio presentó un amparo judicial por mora, a los fines de que la Justicia facilite el acceso a esos datos de carácter público.

El recurso fue presentado hoy viernes 28, dos días después de que venciera el plazo de 10 días hábiles que la ley provincial 8.803 (Ley de Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado) fija como límite para la respuesta oficial a la requisitoria ciudadana. Esa norma también establece que el plazo puede prorrogarse 10 días más si así lo solicita y fundamenta la dependencia a la que se le pide información, lo que en este caso no ocurrió.

La solicitud fue presentada el 12 de febrero pasado a la vicegobernadora Myrian Prunotto, máxima autoridad de la Legislatura de Córdoba. Pese a la insistencia de La Voz en los días previos al vencimiento del plazo, nunca hubo respuesta.

Un día después de vencido el plazo, un e-mail del prosecretario administrativo de la Unicameral, Darío Yacob, adujo que los datos no serían brindados, ya que –en virtud de la ley 10.618 de Procedimientos Administrativos– debieron ser solicitados por Cidi.

En ningún momento se hizo referencia a esa condición de ingresar por Cidi la nota cuando el pedido de información fue receptado en la Mesa de Entradas de la Legislatura de Córdoba. No obstante, este medio debió insistir –tuvo que intevenir la secretaria de Prunotto– para que el pedido de información fuese recibido, ya que inicialmente el personal de la Mesa de Entadas se negó a darle curso.

Todo esto, pese a que el artículo 6 de la Ley de Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado indica que “la solicitud de información debe ser realizada por escrito, con la identificación del requirente, sin estar sujeta a ninguna otra formalidad” y aclara que ni siquiera puede exigirse la manifestación del propósito de la requisitoria. Ambas cláusulas cumplen con los estándares internacionales en la materia, justamente para simplificar el trámite y evitar evasivas gubernamentales.

Qué datos se negaron

El pedido de información lleva las firmas de Virginia Guevara, editora de la sección Política de La Voz, y de Carlos Jornet, director periodístico del diario, quien a la ve preside la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).

Precisamente, en octubre pasado la SIP aprobó en su Asamblea de Córdoba unos Estándares para el relacionamiento de gobernantes con periodistas y medios de comunicación (http://bit.ly/3QANjvo) donde se destaca que “el primer escalón que evidencia el respeto de un gobierno por la libertad de prensa y por el derecho ciudadano a informarse es la definición (y el cumplimiento) de un programa de transparencia y acceso a la información pública“.

En todo momento, el pedido a la Vicegobernación deja explicitado el interés periodístico, ya que la decisión de acudir al pedido de información pública fue adoptada luego de numerosas requisitorias infructuosas al área de prensa de la vicegobernadora.

El interés periodístico sobre el tema surge del escándalo que rodeó la detención del dirigente peronista Guillermo Kraisman y de una empleada municipal cuando intentaban extraer un millón de pesos con un DNI de otra persona en una sucursal Bancor. La cuenta estaba a nombre de una supuesta contratada de la Legislatura de Córdoba que al parecer nunca había pisado la Unicameral. Tras ese episodio, la Vicegobernación informó que eran más de mil los contratados, además del personal estable, pero nunca explicó a qué se dedican esos empleados ni cómo están asignados.

Los datos que La Voz requirió a la Unicameral tienen que ver con la evolución desde el año 2000 de la cantidad de empleados de planta permanente, de contratados y de monotributistas. También se requiró el nombre, apellido y categoría de los contratados asignados en 2025 a cada legislador y a las comisiones. Además, se pidió información respecto de las obligaciones y el control de desempeño de los empleados contratados.

Fundamento del amparo

El amparo por mora es la vía que prevé la ley 8.803 en caso de que el Estado no dé respuesta a un pedido de información pública. En su presentación, el apoderado de La Voz del Interior SA, Gerardo Viramonte Moyano, plantea que “la falta de respuesta al requerimiento en tiempo y forma revela una conducta encaminada a cercenar y obstruir con manifiesta arbitrariedad e ilegalidad el acceso a la información, sustituyendo de tal forma la voluntad de la ley (expresada en términos claros y precisos por el articulado de la Constitución y la ley 8.803) por la propia voluntad de los funcionarios”.

También sostiene que el Poder Legislativo, al no brindar respuesta alguna al requerimiento, se arroga facultades que no tiene, lo que revela una conducta netamente arbitraria, tipificada como una vía de hecho que escapa a los deberes del ente administrativo como sujeto pasivo de las obligaciones previstas por la ley 8.803″.

El recurso de amparo cita abundante jurisprudencia sobre las requisitorias de información pública y hace reserva de caso federal. Finalmente, solicita que se ordene al Poder Legislativo que ponga a disposición de La Voz toda la información que le fuera solicitada por nota del 12 de febrero, con costas.

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