La Voz del Interior @lavozcomar: La Corte rechazó los recursos que impulsó Cristina Kirchner en la “ruta del dinero K” y otras causas

La Corte rechazó los recursos que impulsó Cristina Kirchner en la “ruta del dinero K” y otras causas

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ) rechazó este martes una serie de presentaciones que impulsó la vicepresidenta Cristina Kirchner en varias de las causas en las que se encuentra imputada, como la denominada “Ruta del dinero K”.

El máximo tribunal desestimó los recursos de la ex presidenta en los expedientes por el Memorándum de Entendimiento con Irán y en el que se investigan cómo accedió a documentos de valor histórico que se secuestraron durante los allanamientos por la causa de los “Cuadernos”.

Respecto al caso conocido como la “Ruta del dinero K”, la CSJ rechazó la recusación que la defensa de la ex presidenta presentó contra los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens, quienes integraban la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

Según se recordó, el pedido estaba motivado en que esos magistrados, el 31 de agosto de 2018, hicieron lugar a una solicitud de la Unidad de Información Financiera y dispusieron que se convoque a Cristina Kirchner a prestar declaración indagatoria.

“El juez Leopoldo Bruglia rechazó el pedido de apartamiento de sus colegas. La defensa de Fernández de Kirchner recurrió dicha resolución hasta llegar al Máximo Tribunal. Ya en la Cámara de Casación se le había dicho que, por regla general, la resolución que decide sobre recusaciones no es susceptible de ser impugnada en esa instancia, pues no se trata de una sentencia definitiva ni equiparable”, repasaron fuentes judiciales.

Ahora, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, la Corte también desestimó el planteo porque “no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”.

En la causa por el Pacto con Irán, el máximo tribunal desestimó la recusación que Cristina Fernandez y Oscar Parrilli presentaron, por separado, contra el juez Juan Carlos Gemigniani, integrante de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.

El tribunal rechazó los pedidos de apartamiento porque consideró que las defensas no habían demostrado la concreta vulneración de garantías constitucionales o que se hubiera configurado alguno de los supuestos previstos en la ley para separar de una causa a un magistrado.

Por el contrario, la Corte señaló que los pedidos se limitaron a plantear conjeturas que no se encontraban debidamente acreditadas en el expediente. Por otra parte, dijeron que los peticionantes ya habían tenido conocimiento de la integración del tribunal en anteriores pronunciamientos, sin que hubieran presentado planteos como éste.

Vale recordar que tanto la ex presidenta como el exministro presentaron sendos recursos, por considerar que se había afectado la garantía de imparcialidad del juzgador. Rechazados sus planteos, llevaron esos reclamos ante el Máximo Tribunal.

La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda desestimó las quejas por no haber dado cumplimiento al reglamento correspondiente aprobado por la Acordada 4/2007 del tribunal.

El máximo tribunal rechazó planteos de Cristina en otra causa, en la que se investigaba la posible comisión del delito de ocultamiento de documentos históricos tras el hallazgo de una carta autógrafa del 26 de diciembre de 1835, del General San Martín a Bernardo de O’Higgins, y un ‘prontuario’ de Hipólito Yrigoyen con sus actividades desde 1906 a 1910.

Esos documentos fueron secuestrados en el marco de la causa 9608/2018, mediáticamente conocida como “Cuadernos”, en el inmueble ubicado en la intersección de las calles Padre de Agostini y Los Tehuelches, en El Calafate, Santa Cruz.

Y ese allanamiento fue ordenado por el juez Claudio Bonadio, quien fue recusado por la defensa de Cristina Fernández en las sucesivas instancias hasta llegar a la Corte. Al día siguiente de ingresado el expediente al Máximo Tribunal, Bonadio falleció.

De allí que, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, la Corte entendió que la cuestión traída a estudio del Tribunal se había tornado abstracta.

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