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Empleadas domésticas: cuánto cobrarán en julio de 2024

El personal doméstico encara un nuevo mes en el que estará en revisión su salario. Los últimos dos aumentos fueron aplicados en abril y de mayo.

En ese último acuerdo, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y el gremio del sector habían resuelto volverse a reunir en junio para revisar el acuerdo salarial. Sin embargo, no se efectivizó la convocatoria, que desde el sector esperan se concrete ahora en julio.

A continuación, cómo quedan los números de cada categoría:

Empleadas domésticas: categoría por categoría, cuánto cobrarán en julio en 2024

  • La última, y más demandadas de las categorías, la quinta categoría (Tareas Generales): el mes, con retiro, queda de mínimo en $ 284.794, y sin retiro será de $ 316.688.
  • Cuarta categoría, Cuidados de Personas: con retiro queda el mes en $ 316.688, y sin retiro el pago mensual será de $ 352.915.
  • Tercera categoría, Caseros: cobrarán mensualmente $ 316.688.
  • Segunda categoría, Tareas Específicas: con retiro cobrarán mensualmente $ 324.588 y sin retiro $ 361.322.
  • Primera categoría, Supervisores: con retiro cobrarán mensualmente $ 349.374 y sin retiro el sueldo es de $ 389.163.

Por ahora, la hora seguirá siendo la fijada en mayo:

  • Para la quinta categoría, la hora para las con retiro es de $ 2.322, y para las sin retiro, el salario por hora es de $ 2.504.
  • Para la cuarta categoría, la hora para las con retiro es de $ 2.504 y sin retiro de $ 2.800.
  • La hora para la tercera categoría, los caseros, es de $ 2.504.
  • Para tareas específicas, se cobra por hora $ 2.651 con retiro y $ 2.907 sin retiro.
  • Supervisores, la primera categoría, las con retiro cobran mínimo $ 3.067. Y para aquellas “con cama adentro”, la hora es de $ 2.800.

Pagos adicionales para empleadas domésticas

Las empleadas domésticas suman algunos adicionales cuando trabajan en zonas desfavorables. Además, reciben un adicional salarial por “antigüedad”, equivalente a un 1% por cada año de antigüedad del trabajador en su relación laboral, sobre los salarios mensuales.

Ese adicional se abona de forma mensual a partir del 1° de septiembre de 2021. El tiempo de servicio, a los fines de este adicional por antigüedad, comenzó a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.

La legislación vigente indica además que se debe abonar a los trabajadores un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Qué es el salario mínimo para las empleadas domésticas

Las remuneraciones mínimas para las empleadas domésticas son, tal como lo dice su nombre, los mínimos legales que deben pagarse a las trabajadoras o trabajadores a cambio de su tarea. Este salario se puede modificar según la demanda y las regulaciones del mercado laboral.

Hay una remuneración mínima tanto para la modalidad “sin retiro” como para la “con retiro” y también se especifica una remuneración por hora y otra mensual.

Estas remuneraciones de empleadas domésticas, que pueden consultarse en las páginas oficiales del sector, indican los mínimos legales y solo funcionan como una referencia. En muchas ocasiones, el salario de mercado es más elevado.

Cuáles son las categorías de contratación para las empleadas domésticas

Las empleadas domésticas dividen sus tareas según cada categoría laboral, acordada con cada empleador. Estas son:

  • Supervisor y Supervisora: coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
  • Personal para tareas específicas: cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal.
  • Caseros y caseras: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo.
  • Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores.
  • Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

Cada una de ellas tiene definida una escala salarial específica, que se actualiza en cada acuerdo cerrado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

La actualización actual tiene como base los sueldos de marzo y es acumulativa.

Cabe recordar que el personal doméstico además recibe un adicional del 30% en casos de zonas desfavorables, además de otro extra por cada de antigüedad laboral.

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