La Voz del Interior @lavozcomar: Elecciones 2023: luego de las imputaciones, la Junta Electoral advirtió sobre las “obligaciones” de las autoridades de mesa

Elecciones 2023: luego de las imputaciones, la Junta Electoral advirtió sobre las “obligaciones” de las autoridades de mesa

Luego de que el fiscal federal Maximiliano Hairabedian imputara a siete personas que estaban designadas como autoridades de mesa para las Paso de agosto (no presentaron justificativo por su ausencia), la Junta Electoral nacional, distrito Córdoba, recordó la “la obligatoriedad del sufragio” y además recordó las obligaciones que tienen aquellos que asumen la responsabilidad de ser autoridad de mesa.

En una nota, enviada a los medios, se le recuerda al electorado de la provincia de Córdoba la obligatoriedad del sufragio, y advierte que su incumplimiento acarrea las sanciones previstas por los arts. 125 y 126 del Código Electoral Nacional.

“Asimismo, corresponde recordar a quienes sean designados como Autoridades de Mesa que, esta función constituye una carga pública irrenunciable y aquellos electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieran abandono de ellas, será pasible de las sanciones previstas en el artículo 132 del Código Electoral Nacional”, agrega.

Además, la Secretaría Electoral Distrito Córdoba informó que la única vía oficial de designación de las autoridades de mesa (presidente, vicepresidente / vocal) y delegados es por telegrama entregado por el Correo Argentino y que de ninguna manera se solicitan datos personales tales como dirección de email, contraseña, número de DNI, teléfono, cuentas bancarias, entre otros.

Ante cualquier duda, el teléfono para comunicarse con la Justicia es el 351 – 4334678

La nota es firmada por la Junta Electoral Nacional, integrada por la Presidenta de la Cámara Federal De Apelaciones de Córdoba, doctora Graciela Montesi y por los vocales, Juez Federal subrogante Nº1, doctor Alejandro Sánchez Freytes y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, doctor Domingo Sesin.

Penas

Artículo 125. No emisión del voto. Se impondrá multa de pesos cincuenta ($ 50) a pesos quinientos ($ 500) al elector que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección. Cuando se acreditare la no emisión por alguna de las causales que prevé el artículo 12, se entregará una constancia al efecto. El infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección. El juez electoral de distrito, si no fuere el del domicilio del infractor a la fecha prevista en el artículo 25, comunicará la justificación o pago de la multa al juez electoral donde se encontraba inscripto el elector.Será causa suficiente para la aplicación de la multa, la constatación objetiva de la omisión no justificada. Los procesos y las resoluciones judiciales que se originen respecto de los electores que no consientan la aplicación de la multa, podrán comprender a un infractor o a un grupo de infractores. Las resoluciones serán apelables ante la alzada de la justicia nacional electoral.

Artículo 126: Pago de la multa. El pago de la multa se acreditará mediante una constancia expedida por el juez electoral, el secretario o el juez de paz.El infractor que no la oblare no podrá realizar gestiones o trámites durante un (1) año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales. Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de sesenta (60) días establecido en el primer párrafo del artículo 125.

Artículo 132. – No concurrencia o abandono de funciones electorales. Se penará con prisión de seis meses a dos años a los funcionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ellas.

Imputación

El martes pasado, el fiscal Hairabedian explicó que las personas imputadas están siendo investigadas por un delito cuya pena va de 6 meses a dos años de prisión, más una multa económica de entre 50 y 500 pesos.

“El juzgado detectó que habían muchas autoridades que habían sido designados, y no se han presentado. Como es una obligación, pedimos la apertura de una investigación contra estas personas”, dijo Hairabedian a Cadena 3.

“No tendrían justificación para el incumplimiento. Estaban en Córdoba, no estaban enfermos, ni impedidos de cumplir con su obligación”, agregó el fiscal federal.

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