El controvertido artículo 11º le abre la posibilidad a OIL Combustibles de que, aun sin estar operativa, pueda refinanciar su deuda tributaria originada en la postergación del pago de impuestos.
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El controvertido artículo 11º le abre la posibilidad a OIL Combustibles de que, aun sin estar operativa, pueda refinanciar su deuda tributaria originada en la postergación del pago de impuestos.https://t.co/0rTRRAOGpa
— LAVOZcomar (@LAVOZcomar) July 29, 2020
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