La Voz del Interior @lavozcomar: Discapacidad frente a juego “online”, ¿quién perdió?

Discapacidad frente a juego “online”, ¿quién perdió?

Los grupos vulnerables padecen de manera acentuada las consecuencias de la pandemia y de las restricciones.

El encierro, la ausencia de prestaciones, la fragilidad de todo el sistema que debe garantizar la plenitud de los derechos, en el caso de las personas con discapacidad, no sólo puso en evidencia las debilidades que arrastra el mecanismo de tutela sino la ausencia de dos conceptos fundamentales para que cualquier sistema funcione : el uso del sentido común y la capacitación en discapacidad.

El primer caso fue el de un padre en Caba quien tuvo que recurrir a la Justicia para que su hijo en situación de autismo pudiera salir a caminar por la plaza. Los vocablos caminar y plaza son un llamado de atención suficiente a cualquier funcionario para entender que debió permitir esos paseos.

A partir de allí las situaciones se multiplicaron en todo el país. Los tribunales están desbordados con casos de amparos interpuestos por personas con discapacidad desde tiempos no pandémicos. La cuarentena los multiplicó de forma exponencial.

La sanción en 2015 del Código Civil y Comercial consolida el criterio de la discapacidad sostenido en el concepto social, nuevo sistema de apoyos y reduce el tiempo de validez de los certificado único de discapacidad (CUD). El objetivo es que en forma periódica haya una evaluación sobre la situación de cada persona .En definitiva, estar atentos a cada caso.

En principio, este cambio no habría sido comunicado a las personas con discapacidad ni a sus familiares, sobre todo a quienes tenían CUD extendido por largos períodos. Hubo casos de suspensión de pensiones y de las atribuciones del curador .

La información que disponen los entes –Anses, obras sociales, prepagas, Pami, secretarías, subsecretarías, agencias de todas las jurisdicciones– permitía alertar a quienes tienen registrados . Especialmente los que otorgan las pensiones. ¿Lo hicieron? En principio, no. El único remedio: acudir a la Justicia.

En este punto alguien puede preguntarse, ¿qué sentido tiene el título de este texto? ¿ Qué incidencia tiene la ley de juego online de Córdoba en esta reflexión?

La anterior Legislatura de la Provincia de Córdoba acordó una propuesta de la oposición que se tradujo en un proyecto de Ley del Defensor de las Personas con Discapacidad. Terminó el período y ahora la oposición –autor originario– debía volver a presentar el texto que se había consensuado.

Quienes se preocupan por la situación de las personas con discapacidad en Córdoba preguntaron constantemente a la oposición cuándo volvería a presentarlo. Llegaba fin de año y el apuro era patrocinar la ley de juego online, pero no la del defensor de las personas con discapacidad.

Ya sabemos quién perdió: toda la sociedad. De haberse sancionado en su momento, sin duda, muchas situaciones dramáticas se hubieran evitado y muchos derechos que están sólo en las leyes: trabajo, capacitación, esparcimiento, prestaciones, se empezarían a ejercer. Nada que festejar. Perdimos todos.

* Docente Universitaria de Capacitar en Discapacidad

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