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Compromiso contra la violencia de género

Hace 10 años, La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció en el fallo “Góngora” que la única vía judicial de resolución de casos de violencia de género es mediante juicio oral, y rechaza otras modalidades, como la mediación, la suspensión de juicio a prueba y cualquier otra clase de mecanismos de reparación.

Sin embargo, una década después, apenas el 18% de los casos pasan la fase de instrucción, e incluso es probable que muchos de ellos tampoco lleguen a juicio oral, dado que pueden terminar con una suspensión del proceso, con un juicio abreviado o directamente prescribir.

Si los datos son vagos, es precisamente porque en general los datos estadísticos sobre la cuestión brillan por su ausencia, según un informe del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), que saca a la luz la falta de información sistemática sobre la gestión de estos casos en el sistema judicial argentino.

El informe del Inecip, titulado “El laberinto de la desinformación en el sistema penal y las violencias de género”, se elaboró a partir de pedidos de acceso a la información pública.

Estas solicitudes expusieron una serie de falencias que impiden formarse una idea clara y fundamentada de lo que sucede con los casos de violencia de género que llegan a la Justicia.

Entre diversos problemas, detectaron, por ejemplo, una notable falta de registros unificados y criterios de clasificación, lo cual dificulta el análisis de la información y hace imposible determinar la cantidad de casos ingresados, los perfiles de las víctimas y de los agresores, y qué resultados tuvieron las acciones judiciales.

También comprobaron que el archivo de las causas y el sobreseimiento eran las salidas más frecuentes, lo que implica que muchos casos queden sin respuesta efectiva, por diversas razones, vinculadas con la recolección de pruebas o las deficiencias de la investigación.

En esas circunstancias, la conclusión obvia es que la mayoría de los casos nunca llegan a juicio oral, como prescribe el fallo de la Corte Suprema, sino que se resuelven en la etapa de instrucción.

Sin embargo, tal vez lo más importante que señala el informe del Inecip es la falta de voluntad política del Estado para dotar de fondos destinados a invertir en sistemas de registros y análisis de datos, lo que revela una falta de interés en las cuestiones de violencia de género. No menos significativo es el señalamiento de que en el proceso se escucha poco y nada a las víctimas.

Pese a todas esas dificultades, en un universo de 1.324 casos, pudieron determinar que el 44% de las causas fueron archivadas, en un 18% hubo sobreseimientos, en un 13% fueron elevadas a juicio, y un 25% de estas fueron atribuidas a “otros”.

Tanto a partir de las conclusiones cualitativas como de las cuantitativas del informe de Inecip, es posible deducir que los poderes judiciales tienen que comprometerse profundamente en la resolución de los casos de violencia de género. Si de verdad se quiere hacer justicia, la forma más adecuada no es mirar para otro lado.

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