Cómo impactarían los cambios que se vienen en Bienes Personales
El Senado llevará a cabo este jueves desde las 15 una sesión ordinaria en la que tratará la suba del mínimo no imponible en el Impuesto a los Bienes Personales. El objetivo del proyecto, impulsado por el senador por Córdoba Carlos Caserio (Frente de Todos), busca eximir del pago a un mayor número de contribuyentes.
La iniciativa recibió respaldo la semana pasada tanto del oficialismo como del interbloque de Juntos por el Cambio durante una reunión de comisión.
El proyecto pretende eximir del alcance del gravamen a los contribuyentes cuyos bienes, en su conjunto, resulten en un valor igual o inferior a los 8 millones de pesos ya que hoy, ese límite está puesto en los dos millones de pesos.
De tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valor determinado resulte igual o inferior a cincuenta millones de pesos, cuando en la actualidad ese número está en 18 millones de pesos. Además, los valores del nuevo límite se actualizarán automáticamente en diciembre de cada año.
Un informe difundido este miércoles por el Iaraf analiza el tema y calcula cómo sería el impacto en el tributo bajo dos escenarios: si sigue el actual o si se aprueban los cambios.
“Cuando en el año 2018 se modificó la Ley de impuesto sobre los bienes personales para los ejercicios 2019 en adelante, se dispuso un mínimo no imponible de 2 millones de pesos, una escala progresiva en tramos, y la desgravación de la vivienda cuando la base imponible de la misma fuera de hasta 18 millones”, dice el texto.
“Respecto a estos valores, en un “error” frecuente en las leyes tributarias argentinas que permite incrementar artificialmente la alícuota efectiva por efecto de la inflación, no se dispuso un mecanismo automático de actualización y, por efecto de los incrementos nominales en el valor de los activos, en el ejercicio 2020 más contribuyentes empezaron a quedar alcanzados, y aquellos que ya estaban por sobre el mínimo comenzaron a pagar una monto proporcionalmente mayor”, agrega.
Ejemplo de liquidación de Bienes Personales
Alícuota efectiva de Bienes Personales. Años 2019, 2020 y 2021 (sin proyecto). Casos seleccionados.
Los cambios, “son un paso en el sentido correcto”, dice el Iaraf. Y argumenta: “Como se advierte en los ejemplos desarrollados, el congelamiento de los parámetros de cálculo no solo provocó que en cada año quedaran alcanzados efectivamente por el tributo sujetos que antes estaban por debajo del mínimo, sino que aquellos que ya debían abonar, cada año lo hicieran con una alícuota efectiva superior, a pesar de no haber variado su nivel real de activos”.
En el siguiente cuadro se muestran los efectos que provocaría la aprobación del proyecto presentado en el Senado:
Ejemplos de liquidación de Bienes Personales 2021
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