La Voz del Interior @lavozcomar: Cómo debe actuar el Estado ante la desaparición de un menor de edad

Cómo debe actuar el Estado ante la desaparición de un menor de edad

La Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) consideró “inadmisible” el crecimiento que ha experimentado en los últimos años en el país la desaparición de niños, niñas y adolescentes. Lo hizo a través de un documento emitido la semana pasada, a pocos días de celebrarse el Día del Niño.

Las estadísticas del Registro Nacional de Personas Menores Extraviadas, mencionadas por la SAP, son por demás elocuentes: en 2021 se reportó la desaparición de 726 chicos; en 2022 la cifra subió a 1.935, y en 2023, a 3.115. De estos últimos, habrían sido hallados sólo 1.905; los 1.210 restantes continuarían desaparecidos.

En la mayoría de los casos serían “niñas adolescentes de entre 13 y 17 años (67%)”, advierte el documento, que vincula la problemática con la venta, la trata y la explotación laboral, aun cuando destaca que muchos de estos niños “escapan de sus hogares por situaciones de violencia familiar”.

Más allá de esta importante distinción, la SAP considera que “no se puede ni se debe permanecer indiferente ante la desaparición de un niño o un adolescente. Es una situación social inadmisible”. En consecuencia, demanda a las autoridades “desarrollar un trabajo en red con instituciones públicas y privadas relacionadas con el tema” para “sensibilizar, informar y concientizar a la sociedad”.

Poner en práctica la demanda de la SAP, a través de políticas públicas concretas, es una tarea compleja que involucra tanto a los gobiernos locales como a los provinciales y a la Nación. Si la desaparición es voluntaria y se origina en una disfuncional situación familiar, el encuadre judicial será muy diferente que si se trata de una desaparición forzosa generada por una red criminal.

Más allá de ello, y aun si se omiten algunos datos, quienes denunciarán la desaparición del menor serán sus familiares y lo harán ante la Policía y demás autoridades locales de su lugar de residencia o del lugar donde desapareció. Por lo tanto, una clave en el abordaje del tema es la elaboración de un programa único de formación para las fuerzas de seguridad de todas las jurisdicciones, y el diseño y la puesta en vigencia de un protocolo nacional de búsqueda que esté en condiciones de cubrir de manera simultánea todas las variables posibles.

La cobertura periodística de numerosos y diferentes casos nos permite asegurar que ese marco de actuación no ha sido establecido aún. En el caso del niño Loan Peña, desaparecido hace casi dos meses en Corrientes, hemos visto cómo se pasó de las cuestiones domésticas, bajo la órbita de la Justicia provincial, a los delitos complejos, que competen a la Justicia federal, sin que hubiera avances significativos, como si se tratara de etapas consecutivas en vez de actuar en forma coordinada desde un principio.

En el caso de las adolescentes desaparecidas en Córdoba, hemos observado que el Ministerio Público Fiscal no cuenta con un registro formal de las apariciones, lo que torna imposible un análisis de las razones que provocaron las desapariciones.

La autonomía jurisdiccional no puede resultar un argumento válido ante la angustiante desaparición de una persona, y sin importar su edad. Es imprescindible y urgente que todos los resortes del Estado actúen bajo los mismos principios y de manera cooperativa ante cada denuncia de este tipo.

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