Advierten por desprotección con el divorcio extrajudicial
La posibilidad de que se pueda resolver un divorcio sin participación de abogados ni jueces, que forma parte del paquete de reformas de la “ley ómnibus” que envió el presidente Javier Milei al Congreso, puede profundizar el desamparo y la desigualdad que sufren las mujeres frente a padres incumplidores.
Es lo que advirtieron este jueves especialistas en algunas expresiones públicas, en medios de comunicación o en sus redes sociales. La Voz consultó a la abogada especializada Luciana Ulla, quien consideró que detrás de “una pretendida simplificación se mete con el instituto del divorcio, que por ley es judicial, es declarado por un juez y significa un montón de desamparos, en particular de efectos derivados como la cuota alimentaria, el régimen de comunicación y la fijación de compensación económica o recompensa, si fuera pasible”.
El proyecto incluido en la ley ómnibus propone que los matrimonios que decidan de común acuerdo disolver el vínculo solo deberán comunicarlo a las autoridades administrativas del Registro Civil.
La reforma está incluida en el capítulo III, que incorpora cambios en el Código Civil y Comercial. En el artículo 352 de la “ley ómnibus” se estableció: “Incorpórase como inciso d) del artículo 435 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, el siguiente: ‘d) comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio’”.
El proyecto lo fundamentó de este modo: “En línea con la modernización de la legislación y el respeto a la preponderancia de la libertad individual, se incorpora un novedoso instituto para nuestro país, de uso común en muchas otras naciones del mundo, que es la posibilidad para los cónyuges de solicitar la disolución del vínculo matrimonial con la sola presentación ante el mismo órgano administrativo que celebró el matrimonio civil, sin necesidad de intervención judicial”.
Ulla aceptó que “otras naciones lo tienen, como Perú, que lleva dos décadas con ese sistema”, pero esa experiencia no demostró que sea más sencillo o más barato. “En Argentina el divorcio ya es rápido, porque es incausado. Si una persona pide un divorcio no contencioso, el juez lo concede, no hay trabas. Se está dando un mensaje engañoso a la población”, opinó Ulla.
La consecuencia de quitar del medio a los abogados y, en particular, a la Justicia, es la desprotección de la parte más débil en el vínculo que se disuelve.
“Va a dejar a esa persona muy desamparada. Si se firma un acuerdo frente a un oficial de un Registro, ¿quién certifica? Si se acuerda una cuota y no se paga, ¿cómo la ejecutás?”, ejemplificó la abogada .
Hay un aspecto que tiene que ver con la propia profesión. Para la abogada, la reforma la avasalla. “Pero lo más preocupante, más allá de las incumbencias profesionales, es la inseguridad jurídica que se le da a la población, una real situación de riesgo jurídico”, manifestó.
“En materia civil, si no tenés patrocinio letrado, la lesión, la ligereza o la impericia pueden ser causalidades de un consentimiento viciado. Van a llover nulidades”, advirtió Ulla.
Los honorarios profesionales para un divorcio están fijados en un código arancelario que establece los mínimos éticos. Eso, hoy, está en aproximadamente 500 mil pesos.
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