La Voz del Interior @lavozcomar: A 30 años de Amia: juicio en ausencia, una herramienta eficaz para el Estado de Derecho

A 30 años de Amia: juicio en ausencia, una herramienta eficaz para el Estado de Derecho

Este 18 de julio se cumplen 30 años del atentado a la Amia. En conmemoración del aniversario, el 25 de junio pasado presenté, junto a otros senadores, el proyecto de ley sobre “Juicio en ausencia”, que propone que los presuntos autores de hechos de terrorismo puedan ser juzgados en juicio oral y público sin requerimiento previo de la comparecencia personal de los imputados, lo que actualmente exige el Código Procesal Penal de la Nación.

El proyecto es un reflejo actualizado del que presentó, hace más de 10 años, el entonces diputado nacional de Córdoba, Juan Schiaretti. Esa iniciativa obtuvo estado parlamentario y planteaba la reforma del Código Procesal Penal incluyendo la figura del juicio en ausencia, y, en ese momento, contó con el respaldo de la Daia Filial Córdoba.

Cabe recordar que en ese contexto el tema era un tabú, dada la falta de decisión política para encarar el esclarecimiento de los atentados a la Embajada de Israel, el 17 de marzo de 1992, y el de la AMIA.

Además, motivó mi presentación la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del 26 de enero de este año. En el caso asociación civil Memoria Activa versus Argentina, la CIDH condenó al Estado argentino por haber privado de verdad histórica y de justicia a las víctimas y a toda la sociedad; y ordenó reformas estructurales sobre el uso de la información de inteligencia en las causas judiciales y sobre el acceso a la documentación.

Por otra parte, este año, en la causa caratulada “Galeano, Juan José y otros s/ recurso de casación”; la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal sentenció que el ataque contra la Embajada de Israel y a la Amia “respondieron a un designio político y estratégico” de la República Islámica de Irán y que ambos atentados fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbollah.

La sentencia contiene una fuerte exhortación a los jueces a cargo de las causas conexas, que todavía continúan en trámite y que se vinculan de diferente manera con el atentado, a que se avance con mayor celeridad. Pero también exhorta a los poderes Ejecutivo y Legislativo para que definan a la brevedad políticas públicas en relación con la instauración del proceso “en ausencia”, la creación de agencias federales de investigación para delitos complejos como el terrorismo, la modernización y dotación de mayores recursos en el proceso de sistematización y conocimiento de la documentación de inteligencia que fue desclasificada y que, a 30 años de cometido el atentado, aún no ha concluido.

Búsqueda de la verdad

El juicio en ausencia es una alternativa válida para evitar que la búsqueda de la verdad en atentados terroristas se transforme en una utopía y llegar hasta el final en todos y cada uno de los hechos que nos aquejan como sociedad global.

La incorporación de esta herramienta no se encuentra en pugna con los principios y preceptos de nuestra Constitución Nacional ni con los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional en relación con el “derecho de defensa” y al “derecho de ser oído”.

Este instrumento garantiza a los imputados su representación en juicio con un defensor oficial, y la reapertura y realización de un nuevo juicio -en caso de comparecencia personal- luego de la sentencia condenatoria y cuando el mismo así lo requiera ante el juez competente.

Es decir, que tanto el derecho a la defensa como el derecho a ser oído se encuentran garantizados y pueden ser ejercidos en su plenitud.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha expresado que no configura violación de los derechos reconocidos por la Convención de los Derechos Humanos el pedido de extradición por una condena dictada en un juicio en rebeldía si se garantiza un nuevo juicio donde el condenado haga oposición del anterior.

El planteo actual y expreso de la CIDH es un soporte fundamental para que esta medida necesaria se vea plasmada a través de una ley.

Posibilitar el juicio en ausencia no viola garantías constitucionales, propende hacia una sociedad más justa donde tanto las víctimas como la ciudadanía en conjunto puedan vislumbrar que el Estado actúa ante hechos de tamaña relevancia internacional.

El proyecto impulsado es una herramienta eficaz para dotar de celeridad a la justicia -que es en definitiva lo que reclama y precisa una sociedad respetuosa del Estado de Derecho-, resoluciones rápidas dentro de un plazo razonable.

De tal modo es así, que el Ejecutivo, tras la presentación de nuestro proyecto, se decidió a actuar, y el pasado 10 de julio anunció una iniciativa en ese sentido.

Por esa razón, espero que pueda ser tratado a la brevedad en el Congreso de la Nación y que, luego de un debate amplio y respetuoso, se sancione la ley de juicio en ausencia.

(*) Senadora nacional por Córdoba

https://www.lavoz.com.ar/opinion/a-30-anos-de-amia-juicio-en-ausencia-una-herramienta-eficaz-para-el-estado-de-derecho/


Compartilo en Twitter

Compartilo en WhatsApp

Leer en https://www.lavoz.com.ar/opinion/a-30-anos-de-amia-juicio-en-ausencia-una-herramienta-eficaz-para-el-estado-de-derecho/

Deja una respuesta