Promulgaron la ley de Alcohol Cero al volante para rutas nacionales
el país.
El Gobierno promulgó hoy la ley de alcohol cero al volante para rutas nacionales. La medida, publicada en el Boletín Oficial, establece que ningún conductor podrá manejar un vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.
Según la iniciativa aprobada por el Senado y la Cámara de Diputados, se establece que queda prohibido conducir con impedimientos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para manejar. Asimismo, queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.
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La medida fue aprobada en el Senado con 48 votos a favor y 9 en contra. Entre los que votaron en contra están los oficialistas sanjuaninos María del Carmen López Valverde y Rubén Uñac; y los opositores Alfredo Cornejo y Mariana Juri, de Mendoza; Roberto Basualdo, de San Juan; Julio Martínez, de La Rioja; Alfredo De Angeli, de Entre Ríos; Dionisio Scarpin, de Santa Fe; y Juan Carlos Romero, de Salta.
La norma tiene un único artículo que modifica otro de la Ley de Tránsito 24.449 y estipula que “queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre”.
La normativa anterior establecía para cualquier tipo de vehículo una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5) de alcohol por litro de sangre. Con respecto a motos y ciclomotores, la medida era de hasta 200 miligramos (0,2); y para transporte de pasajeros de menores y de carga, alcohol cero. Ahora que fue ratificada por el Senado, la tolerancia para todas las categorías será 0.
Sin embargo, la norma no aplica para caminos provinciales.
En el caso de las provincias que no adhieran, solo se podrá controlar el alcohol cero en las rutas nacionales. Un ejemplo podría ser el de Mendoza, donde gobierna el radicalismo y que Cornejo, quien se opuso al proyecto, tiene serias posibilidades de volver a gobernar. En ese caso sólo sería de aplicación en las rutas nacionales 7, 40, 142, 143, 144, 145, 146 y 149. En el resto de los caminos, calles y rutas se aplicará la legislación local ya que vialidad depende de cada una de las provincias. (Infobae)
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