Decreto 789/2021 – Feriados Nacionales 2022
destacado
Se establecen como feriados con fines turísticos para el año 2022 los días 7 de octubre, 21 de noviembre y 9 de diciembre. Por otro lado, se dispone que los feriados nacionales trasladables (Art. 1° de la Ley N° 27.399 ) permanecerán en la fecha designada por dicho precepto en aquellos años en los cuales la aplicación del artículo 6° de la citada norma redunde en una superposición con un feriado nacional inamovible.
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