Resolución 115/21 MTEySS Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) será de un valor de $ 40.
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la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota, establecida en el artículo 5° del Decreto N° 590/97, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), será de un valor de PESOS CUARENTA ($ 40.-)
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