Jurisprudencia • Re: Prescripción
jurisprudencia
el tema es q siempre es quinquenal (5 años), inscripto o no.
lo q sucede es q la jurisprudencia ha cambiado arbitrariamente esto con el siguiente planteo (los impuestos prescriben a los 5 años pero EL INICIO DE PLAZO DE PRESCRIPCIÓN COMIENZA EL 1 DEL 1 DEL AÑO SIGUIENTE) DE ESTA FORMA CONSIGUEN UN SEXTO AÑO. EN DEFINITIVA EL PLAZO ES DE 5 AÑOS X ESO ES UN «SI» PERO COMO DICEN Q EMPIEZA A CORRER EL AÑO SIGUIENTE EN DEFINITIVA EL PLAZO TERMINA SIENDO DE 6 AÑOS. no es una cuestión legal en definitiva es lisa y llana arbitrariedad interpretativa en beneficio del fisco
Estadísticas: Publicado por marcossegundo36 — Jue Feb 25, 2021 1:55 am
http://www.forosdecontadores.com.ar/viewtopic.php?t=1924&p=18139#p18139
Compartilo en Twitter
Compartilo en WhatsApp
Leer en http://www.forosdecontadores.com.ar/viewtopic.php?t=1924&p=18139#p18139