Foros de Contadores Argentinos: Foro General • Re: Ajuste Ganancias

Foro General • Re: Ajuste Ganancias

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Estimado,

Entiendo que por “método tradicional” está indicando que la sociedad ha decidido no contabilizar el impuesto a las ganancias por método del impuesto diferido lo que me permite dar cuenta que el marco normativo a nivel contable para la misma es la RT 41.

Dicho esto cabe tener en cuenta que el impuesto a las ganancias dispuesto en la contabilidad es la expresión de la provisión impositiva del cargo devengado por dicho impuesto y considerando las normas de la Ley 20.628. Si bien las provisiones son aproximadas (razonables) la realidad es que con el impuesto a las ganancias, salvo situaciones excepcionales, lo contabilizado en el ejercicio (y siguiendo las pautas de la RT 41 por ud señaladas) debería coincidir con el impuesto efectivamente devengado.

Los motivos que señalan para que el impuesto no sea el mismo demuestran una provisión incorrecta al cierre de manera tal que, a dicha fecha, está mal medido el resultado y el pasivo correlativo. Deberá analizar la justificación de dicha diferencia para conceptualizar si está frente a un AREA o bien ante un hecho ocurrido en el siguiente ejercicio.

Espero haberlo ayudado

Dr. Sergio Carbone
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Estadísticas: Publicado por carbonesergio — Dom Oct 18, 2020 12:56 pm


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