Foros de Contadores Argentinos: Foro General • Contrato alquiler local CABA. Duda.

Foro General • Contrato alquiler local CABA. Duda.

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¿Es legal en un contrato de alquiler de un local pactar cláusulas que difieren con respecto a la obligación del locatario y/o del locatario (por ejemplo el Artículo 1201 del CCyC)?
CCyC Articulo 1201. Conservar la cosa con aptitud para el uso convenido. El locador debe conservar la cosa locada en estado de servir al uso y goce convenido y efectuar a su cargo la reparación que exija el deterioro originado en su calidad o defecto, en su propia culpa, o en la de sus dependientes o en hechos de terceros o caso fortuito.

Agradezco desde ya su ayuda.

Estadísticas: Publicado por Valentino — Mar Mar 22, 2022 6:48 pm


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