No procede la sanción del art. 132 bis LCT ante el acogimiento empresario a un plan de facilidades de pago de las deudas de la seguridad social y su efectivo cumplimiento.
Causa: “Torres, Tena Gisela c/ Hostal Geriátrico La Luisa S.A. y otro s/ Despido”
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Leer en https://twitter.com/ECiancaglini/status/1204079741667553281