Estudio Ciancaglini @ECiancaglini: Impuestos a los débitos y créditos bancarios Caso monotributistas: Los Monotributistas cuentan con el beneficio de la reducción de la alícuota del impuesto. Lo que deberán cumplir con la adhesión al -Registro de Beneficios Fiscales. ????Art. 35 RG 2111/06 y Art.1 RG 3900/16

Impuestos a los débitos y créditos bancarios

Caso monotributistas:

Los Monotributistas cuentan con el beneficio de la reducción de la alícuota del impuesto.

Lo que deberán cumplir con la adhesión al -Registro de Beneficios Fiscales.

Art. 35 RG 2111/06 y Art.1 RG 3900/16


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