Estudio Ciancaglini @ECiancaglini: En relación con el Salario Complementario: ????Debería considerarse como “salario neto” a la suma equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada correspondiente a los potenciales beneficiarios del mes de 2/20 proveniente de las ddjj presentadas por el empleador. https://t.co/jXGPN7Tmsk

En relación con el Salario Complementario:

Debería considerarse como “salario neto” a la suma equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada correspondiente a los potenciales beneficiarios del mes de 2/20 proveniente de las ddjj presentadas por el empleador. https://t.co/jXGPN7Tmsk


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