En relación con el Salario Complementario:
Debería considerarse como “salario neto” a la suma equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada correspondiente a los potenciales beneficiarios del mes de 2/20 proveniente de las ddjj presentadas por el empleador. https://t.co/jXGPN7Tmsk
En relación con el Salario Complementario:
👉Debería considerarse como “salario neto” a la suma equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada correspondiente a los potenciales beneficiarios del mes de 2/20 proveniente de las ddjj presentadas por el empleador. https://t.co/jXGPN7Tmsk
— Estudio Ciancaglini (@ECiancaglini) April 22, 2020
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