Estudio Ciancaglini @ECiancaglini: Agro. Vta. maq agrícola B. de uso – en canje y a plazo. Aplicación-devengado exigible. Recordamos: DR Art 65 dispone p/ este caso q se puede tributar por las cuotas a su vto. siempre q sean exigibles en más de un período fiscal, con “independencia de la forma de cancelación”.

Agro. Vta. maq agrícola B. de uso – en canje y a plazo.

Aplicación-devengado exigible.

Recordamos: DR Art 65 dispone p/ este caso q se puede tributar por las cuotas a su vto. siempre q sean exigibles en más de un período fiscal, con “independencia de la forma de cancelación”.


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