: El Decreto 529/20 establece que los límites temporales previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la LCT no regirán para las suspensiones del artículo 223 bis de la ley. <<MÁS DETALLES EN EL LINK https://t.co/Wgx6LgVoSI>> https://t.co/wbM08lxOZM

El Decreto 529/20 establece que los límites temporales previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la LCT no regirán para las suspensiones del artículo 223 bis de la ley.

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