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Importación temporaria: una opción para bajar costos y aumentar la competitividad en exportaciones

En tiempos de búsqueda de alternativas para que las empresas exportadoras reduzcan costos, el régimen aduanero de importación temporaria de mercaderías destinadas a recibir un perfeccionamiento industrial (amparado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 1330/04 y sus modificatorias) se presenta como una oportunidad. Es decir, las empresas que utilizan insumos importados para la elaboración de productos de exportación pueden beneficiarse significativamente de este régimen aduanero.

Los procesos productivos contemplados por este régimen de fomento a las exportaciones abarcan una variedad de actividades incluyendo procesos de manufactura, elaboración, combinación, mezcla, rehabilitación, montaje e incorporación de aparatos que aporten perfeccionamiento tecnológico y/o funcional, entre otros procesos que no desvirtúen la finalidad del régimen.

La ventaja de importar temporariamente los insumos utilizados en la elaboración de mercaderías de exportación radica en que no se deben abonar tributos de importación (derechos de importación, tasa de estadística, IVA, IVA adicional, Ganancias e Ingresos Brutos), sino que estos deben garantizarse.

Además, el pago al exterior por los insumos importados que requieran el ingreso al Mercado Libre de Cambio (MLC) no está gravado con el impuesto PAIS, impuesto que aún se encuentra vigente.

Asimismo, se reducen los montos a pagar en concepto de derecho de exportación, ya que no corresponderá el pago de derecho de exportación por el valor proporcional en aduana de los insumos importados temporariamente que se hayan utilizado para elaborar a la mercadería exportada.

Adicionalmente, los insumos importados temporariamente gozan de beneficios que simplifican las importaciones con menos burocracia. Estos beneficios incluyen que el importador no debe cumplir con el Sistema Estadístico de Importaciones, es decir no requiere SEDI, ni otras intervenciones destinadas a certificar el cumplimiento de normas argentinas, tales como seguridad eléctrica, el sistema métrico legal argentino, etiquetado y lo determinado por el Instituto Geográfico Nacional. 

Tampoco se les aplican las prohibiciones de carácter económico a las importaciones. Todo esto se debe a que los insumos importados temporariamente deben ser utilizados exclusivamente para la producción de mercaderías cuyo destino final es la exportación.

Cómo aprovechar el regimen de importación temporaria

Si ha leído hasta aquí y le interesaría utilizar este régimen aduanero, deberá tener en cuenta algunas particularidades.

  • Para poder beneficiarse de este régimen, la empresa debe registrarse ante la Secretaría de Industria y Comercio como usuario del régimen de importación temporaria para perfeccionamiento industrial.
  • Además, debe tramitar un certificado que establezca la relación entre el insumo importado temporariamente y el producto de exportación. Este documento, denominado Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (CTIT), es indispensable tanto para la importación de los insumos como para la exportación de los productos elaborados con ellos. En conclusión, no es suficiente con que la empresa esté registrada como importadora y exportadora sino también debe cumplir con requisitos adicionales específicos para poder utilizar el régimen.
  • La empresa asume la responsabilidad de cumplir con la exportación de las mercaderías elaboradas con los insumos importados temporariamente en un plazo de tiempo establecido específicamente por la normativa.
  • Los insumos importados y los productos que estén a la espera de ser exportados, deberán permanecer almacenados en el domicilio informado en el despacho de importación y deberán estar claramente identificados como mercaderías sometidas al régimen de importación temporaria.
  • Es fundamental mantener la trazabilidad de los insumos importados temporariamente desde su importación, pasando por su utilización en el proceso productivo, hasta su re-exportación transformado en el producto resultante.
  • Con el objetivo de corroborar el cumplimiento del régimen, la aduana podrá realizar controles de stock de los insumos importados temporariamente mediante visitas al domicilio donde se haya informado que permanecerán los insumos, lo que se denomina «comprobaciones de destino», y la Secretaría de Industria y Comercio podría inspeccionar el proceso productivo, según lo reglamentado por la Resolución 32/2024 emitida recientemente por la mencionada Secretaría.

Consecuencias de incumplir el régimen aduanero

El incumplimiento del régimen aduanero tendrá consecuencias:

  • En primera instancia, se exigirá el pago de los tributos no abonados. 
  • Además, se impondrán multas a la empresa y, en casos más graves, podría ser suspendida tanto del uso del régimen como del registro de importadores y exportadores.

Por lo tanto, es esencial ser responsables y ordenados en la utilización y el cumplimiento de los requisitos del régimen para evitar perder los beneficios económicos obtenidos.

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