El Cronista @cronistacom: Es oficial: el Gobierno intervendrá los medios públicos durante un año, los detalles del decreto

Es oficial: el Gobierno intervendrá los medios públicos durante un año, los detalles del decreto

En medio de la tensión política generada por el tratamiento de la Ley Ómnibus en el Congreso, el gobierno de Javier Milei decidió intervenir durante 1 año el sistema de medios públicos. 

La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial a través del Decreto 117/2024, abarca a Radio y Televisión Argentina -que administra a la TV Pública y a Radio Nacional- la agencia de noticias Télam, Contenidos Públicos Sociedad del Estado -que conduce las señales de televisión Encuentro, Pakapaka, DeporTV y la plataforma Contar- y la plataforma Educ.ar.

En un contexto en el que el Gobierno busca aprobar un amplio -aunque recortado- listado de empresas públicas a privatizar a través de la Ley ómnibus, esta medida se presenta como un paso previo a la privatización.

El objetivo de la intervención es realizar una auditoría integral, modificar la estructura de puestos, contrataciones y contenidos. Para este fin, se nombró como interventor a Diego Chaher, quien será acompañado por Diego Marias como interventor adjunto.

Tras su oficialización en el Boletín Oficial este lunes, la medida tendrá validez por un año. No obstante, el decreto aclara que el período podrá ser prorrogado por única vez si así lo define la Jefatura de Gabinete de ministros.

Javier Milei decidió intervenir durante 1 año el sistema de medios públicos. 

Por qué Milei interviene los medios públicos

La letra del decreto conocido este sábado justifica la intervención al decir que se realiza para lograr «una mayor eficiencia en el funcionamiento del sector público». Y agrega que «resulta necesario efectuar una profunda reorganización de las empresas públicas».

En ese sentido, deja en claro que el objetivo final del proceso es comenzar un camino hacia la posible privatización de los distintos medios del Estado. Sobre esto, recuerda que el «mega DNU» de Javier Milei «dispuso la transformación de las Sociedades o Empresas con participación del Estado en Sociedades Anónimas, acordes al régimen de la Ley General de Sociedades».

Y agrega: «En virtud de ello, a los efectos de llevar a cabo dicha transformación, resulta menester disponer la intervención de las mencionadas sociedades con el fin de definir su conducción y contribuir a optimizar la eficacia y eficiencia de las acciones que cumplen».

La agencia de noticias Télam también será intervenida.

Qué facultades tendrán los interventores de los medios públicos

Según el DNU publicado este lunes, los interventores estarán facultados para realizar las siguientes acciones en el sistema de medios estatales:

a. Elaborar un plan de reformulación, readecuación y acción para las sociedades, el cual deberá ser puesto a consideración del Poder Ejecutivo Nacional.

b. Evaluar, modificar el estatuto para el personal del organismo y/o aprobar uno nuevo.

c. Evaluar, modificar el régimen de administración de fondos, ampliando o reduciendo las partidas presupuestarias y/o aprobar uno nuevo.

d. Modificar el reglamento de contrataciones de obras, bienes y servicios del organismo y/o aprobar uno nuevo.

e. Modificar la denominación de los organismos, previa conformidad del Poder Ejecutivo Nacional.

f. Modificar la estructura orgánica y funcional, los organigramas correspondientes y los Regímenes Profesionales del Personal contratado, de planta permanente y de gabinete y/o aprobar una nueva.

g. Revisar la administración de compras y contrataciones.

h. Disponer una auditoría integral sobre el estado de las instalaciones, bienes que se recepcionan y estado de los mismos.

i. Presentar la rendición de cuentas.

j. Operar y mantener las sociedades, de modo de optimizar la gestión administrativa con miras a tornar sustentable dichas empresas.

k. Designar y remover a funcionarios y personal de cada una de las sociedades mencionadas.

Además, el decreto aclara que el detalle anterior es «solo enunciativo y no limita en modo alguno las funciones del interventor y del interventor Adjunto que puedan vincularse a otros aspectos regulatorios, a acciones de auditoría y sanciones, a aspectos económico-financieros y a la protección de los derechos de los usuarios».

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